SOCIEDAD COMERCIALIZADORA JOSÉ MARCELO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de marzo de 2022
- Notario
- IGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San Vicente de Tagua Tagua
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Peumo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Administración y uso razón social corresponderá socio Jaime Esteban Ubilla Garcés, quien anteponiendo su firma a razón social podrá representarla más amplias facultades, pudiendo obligarla toda clase de actos y contratos, forma establecida pacto constitución social.- Capital $4.000.000 se aporta: A) Margarita Rosa Guzmán Lara aporta $2.000.000, mediante $1.000.000 en dinero efectivo que entera y paga en este acto, suma ingresada caja social; y con la cantidad de $1.000.000 correspondiente al valor tasado de bienes aportados e inventariados conforme se señaló en pacto constitución social; que corresponde al 50% del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO JAVIER GONZÁLEZ LÓPEZ, abogado, notario público titular de la Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, calle Carmen Gallegos número 320, certifico: que por escritura pública, hoy ante mi, comparecieron MARGARITA ROSA GUZMÁN LARA, 16.196.258-9, Villa Parque Sur, Pasaje El Zorzal, 414, comuna de Peumo, Región de O’Higgins, y JAIME ESTEBAN UBILLA GARCÉS, 15.333.633-4, Villa Parque Sur, Pasaje El Zorzal, 414, comuna de Peumo, Región de O’Higgins, constituyen sociedad comercial responsabilidad limitada nombre o razón social “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA JOSÉ MARCELO LIMITADA”, podrá actuar ante todo tipo de organismos públicos y privados nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA JOSÉ MARCELO LTDA”. Objeto será la venta al por mayor y menor de alimentos y accesorios para mascotas, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos, operaciones y negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Administración y uso razón social corresponderá socio Jaime Esteban Ubilla Garcés, quien anteponiendo su firma a razón social podrá representarla más amplias facultades, pudiendo obligarla toda clase de actos y contratos, forma establecida pacto constitución social.- Capital $4.000.000 se aporta: A) Margarita Rosa Guzmán Lara aporta $2.000.000, mediante $1.000.000 en dinero efectivo que entera y paga en este acto, suma ingresada caja social; y con la cantidad de $1.000.000 correspondiente al valor tasado de bienes aportados e inventariados conforme se señaló en pacto constitución social; que corresponde al 50% del capital social.- B) Jaime Esteban Ubilla Garcés aporta $2.000.000, mediante $1.000.000 en dinero efectivo que entera y paga en este acto, suma ingresada caja social; y con la cantidad de $1.000.000 correspondiente al valor tasado de bienes aportados e inventariados conforme se señaló en pacto constitución social; que corresponde al 50% del capital social.- Duración: La sociedad comenzará sus operaciones a contar de esta fecha y durará indefinidamente, sin perjuicio de la disolución en los casos que la Ley y estatutos establecen.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Domicilio: comuna de Peumo, sin perjuicio de sucursales que establezca en el país o extranjero.- Pérdida de Existencia Legal de los Socios. La sociedad no se disolverá por muerte, disolución, quiebra o insolvencia de uno cualquiera de los socios, continuando con los herederos o sucesores del socio fallecido o disuelto, los que deberán designar un mandatario común, y en caso de insolvencia, la sociedad continuará con el representante del insolvente, estableciendo, para ambos casos, que la representación de la sociedad corresponderá a los restantes socios. Demás estipulaciones escritura extractada.- San Vicente Tagua Tagua, 25 de Marzo 2022.