CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PEONÍAS CASABLANCA SpA

RUT 11320140-1 CVE 2106421
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
17 de marzo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de marzo de 2022
Repertorio
2501-2022
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
5ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Objeto social

/a) La explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; la explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; la exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, y en general, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; /b) el cultivo de flores, su cosecha, comercialización, nacional o internacional, la importación y exportación de toda clase de flores o similares, así como también de insumos afines a tal objeto; c) venta al por mayor y menor flores; d) prestar asesorías de todo tipo en materias relacionadas a la agricultura, comercialización, importación y exportación de flores; y, /e) la celebración de toda clases de actos y contratos que sean necesarios para la realización de estos fines y de toda otra actividad relacionada con lo anteriormente señalado.- Las actividades enumeradas podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de forma directa o de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades o personas jurídicas; 3

Administración

La administración de la Sociedad se ejercerá por uno o más Administradores, quienes actuarán en la forma que indiquen los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular de la 5ª Notaría Santiago, domiciliada en Gertrudis Echenique 30 of. 32, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 17 de Marzo de 2022, Repertorio 2501-2022, ante mi suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, doña MARÍA ANGÉLICA TURNER OLEA, C.I. 11.320.140-1; don JOSÉ ANTONIO LABBÉ VALVERDE, C.I. 7.448.193-0; y don MARTÍN LABBÉ TURNER, C.I. 18.392.083-9, todos domiciliados en calle Camino Otoñal n° 1157, Casa Dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: 1. Nombre: El nombre de la sociedad es “PEONÍAS CASABLANCA SpA”, nombre de fantasía Peonías Casablanca; 2. Objeto: /a/ La explotación de predios rústicos, sea directamente o a través de terceros, sean de propiedad de la Sociedad, que arriende, que reciba en comodato o a cualquier otro título; la explotación, transporte y comercialización de los productos que de dichos predios se deriven; la exportación de sus productos y la importación de insumos o materias primas para esos predios, y en general, la realización de todo negocio que se relacione directa o indirectamente con la actividad agrícola, forestal o ganadera; /b/ el cultivo de flores, su cosecha, comercialización, nacional o internacional, la importación y exportación de toda clase de flores o similares, así como también de insumos afines a tal objeto; c) venta al por mayor y menor flores; d) prestar asesorías de todo tipo en materias relacionadas a la agricultura, comercialización, importación y exportación de flores; y, /e/ la celebración de toda clases de actos y contratos que sean necesarios para la realización de estos fines y de toda otra actividad relacionada con lo anteriormente señalado.- Las actividades enumeradas podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de forma directa o de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades o personas jurídicas; 3. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), dividido en mil acciones ordinarias, de igual valor y sin valor nominal, las cuales se suscriben, enteran y pagan según la forma indicada en los artículos transitorios; 4. Administración: La administración de la Sociedad se ejercerá por uno o más Administradores, quienes actuarán en la forma que indiquen los accionistas. El administrador será o serán designados por los accionistas, ya sea en Junta o mediante un acuerdo unánime adoptado por escritura pública o por instrumento privado debidamente protocolizado ante Notario Público, y cuya designación deberá constar anotada al margen de la inscripción social. En el acto de constitución de la sociedad, los accionistas designaron en los artículos transitorios a doña María Angélica Turner Olea, a don José Antonio Labbé Valverde y a don Martín Labbé Turner como Administradores, quienes actuando de forma separada e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la Sociedad ejerciendo todas las facultades de administración señalada en los estatutos; 5. Suscripción y pago del capital: El capital de la sociedad se suscribe y paga del siguiente modo: María Angélica Turner Olea suscribe 200 acciones por la suma total de dos millones de pesos, que pagará en un plazo de 5 años; José Antonio Labbé Valverde suscribe 100 acciones por la suma total de un millón de pesos, que pagará en un plazo de 5 años; y Martín Labbé Turner suscribe 700 acciones por la suma total de siete millones pesos, que pagará en un plazo de 5 años. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente suscrito. Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en la escritura extractada. Santiago, 24 de Marzo de 2022. P. Raby B. Not. Púb.