Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2022
- Notario
- Iván Torrealba Acevedo
- Oficio
- 33ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas en dólares de los Estados Unidos de América, en especial de aquellas rentas a que se refiere el artículo 20 número 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses o de cualquier producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como en el exterior, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas, de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia de cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo, cauciones en dinero, contratos de rentas vitalicias o instrumentos de deuda de oferta pública; y en general todo otro acto, contrato o inversión que los accionistas acuerden realizar en el extranjero o en Chile, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América y se obtengan rentas en la misma moneda. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia inversiones locales en pesos chilenos ni otro tipo de actividades distintas de las señaladas
Administración
La administración, el uso de la razón social, y la representación de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. El accionista constituyente designa a don Álvaro Patricio López Carreño, RUT N° 11.738.484-5 y a don Juan Andrés Guaita Rahmer, RUT N° 10.624.639-4, quienes actuando individualmente cualquiera de los anteriores podrán ejercer las facultades singularizadas en el Artículo Décimo Quinto de los Estatutos de la sociedad
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| El accionista constituyente designa a don Álvaro Patricio López Carreño | socio | 11738484-5 | — | — | |
| Juan Andrés Guaita Rahmer | socio | 10624639-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 22 de marzo de 2022, José Miguel Sanhueza Campos, domiciliado en Bosque Norte 0177, oficina 1102, Las Condes, Santiago, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “PASO VERGARA SpA”. La Sociedad podrá además actuar y funcionar, inclusive ante los bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía de “PASO VERGARA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la inversión y obtención de rentas en dólares de los Estados Unidos de América, en especial de aquellas rentas a que se refiere el artículo 20 número 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses o de cualquier producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de la realización de toda clase de inversiones tanto en Chile como en el exterior, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas, de la administración de tales inversiones, y percibir todos los frutos provenientes de éstas, invertir en bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia de cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo, cauciones en dinero, contratos de rentas vitalicias o instrumentos de deuda de oferta pública; y en general todo otro acto, contrato o inversión que los accionistas acuerden realizar en el extranjero o en Chile, siempre y cuando se realice en dólares de los Estados Unidos de América y se obtengan rentas en la misma moneda. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia inversiones locales en pesos chilenos ni otro tipo de actividades distintas de las señaladas. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social asciende a la suma de US$1.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagadero en plazo de 5 años desde su constitución. Administración: La administración, el uso de la razón social, y la representación de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. El accionista constituyente designa a don Álvaro Patricio López Carreño, RUT N° 11.738.484-5 y a don Juan Andrés Guaita Rahmer, RUT N° 10.624.639-4, quienes actuando individualmente cualquiera de los anteriores podrán ejercer las facultades singularizadas en el Artículo Décimo Quinto de los Estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 22 de marzo de 2022.