Lastrade Hermanos y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2022
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración de la Sociedad corresponderá indistintamente a una cualquiera de las socias, quienes la ejercerán a través de uno cualquiera de los mandatarios designados especialmente al efecto por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad. Actuando en la forma indicada, tendrán la administración de la Sociedad y el uso de su razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación alguna, en especial, aquellas indicadas en el Artículo Séptimo del texto refundido del Pacto Social que consta de escritura pública de 2 de junio de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alvaro Bianchi. Además, en la escritura extractada cada una de las socias designa a las personas que se desempeñarán por cuenta de cada una de las mismas como delegados para la administración de la Sociedad. Otras modificaciones y estipulaciones contenidas en escritura extractada no son materias de extracto. Santiago 23 de marzo de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con Oficio en Luis Thayer Ojeda Nº359, Providencia, certifica: Por escritura pública 21 marzo 2022, Rentas e Inversiones Las Terrazas Limitada, sociedad comercial, rol único tributario Nº78.430.750-6, domiciliada en Avenida Irarrázaval Nº1115, Ñuñoa e Inversiones, Rentas y Asesorías Puerto Lapi Limitada, sociedad comercial, rol único tributario Nº76.053.675-K, domiciliada en Avenida Monseñor Álvaro del Portillo Nº13.261, casa 11, Las Condes, modificaron Lastrade Hermanos y Compañía Limitada, rol único tributario Nº80.538.300-3, constituida escritura pública 31 julio 1947, otorgada en la Notaría de Santiago Luis Azócar Álvarez, inscrita a fojas 2.871, número 1901, Registro Comercio Santiago 1947, en siguiente sentido: Administración. La administración de la Sociedad corresponderá indistintamente a una cualquiera de las socias, quienes la ejercerán a través de uno cualquiera de los mandatarios designados especialmente al efecto por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad. Actuando en la forma indicada, tendrán la administración de la Sociedad y el uso de su razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación alguna, en especial, aquellas indicadas en el Artículo Séptimo del texto refundido del Pacto Social que consta de escritura pública de 2 de junio de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alvaro Bianchi. Además, en la escritura extractada cada una de las socias designa a las personas que se desempeñarán por cuenta de cada una de las mismas como delegados para la administración de la Sociedad. Otras modificaciones y estipulaciones contenidas en escritura extractada no son materias de extracto. Santiago 23 de marzo de 2022.