MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA BOTALCURA LIMITADA

RUT 76217644-0 CVE 2105430
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de marzo de 2022
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
16 de marzo de 2022
Repertorio
792-2022
Notario
JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
Oficio
4ta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de Marzo de 2022, Repertorio N°792-2022, ante mí, don GONZALO ANDRÉS BENJAMÍN TAPIA BRAVO, domiciliado en Zurich 221 departamento 63, de la comuna de Las Condes y de paso en esta; don MANUEL JOSÉ HENRÍQUEZ MANDIOLA, domiciliado en 17 Oriente Nº931, comuna de Talca; y don ÁLVARO TAPIA BRAVO, por sí y en representación de la sociedad “INVERSIONES TAPIA CRUZ SpA”, ambos domiciliados Parcela número Catorce, Quillahue, de la comuna de Talca; modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA BOTALCURA LIMITADA”, R.U.T. N° 76.217.644-0, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 1.459 número 635 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2012. Capital: $1.000.000.-, en los siguientes sentidos: CESIONES DE DERECHOS: 1) don GONZALO ANDRÉS BENJAMÍN TAPIA BRAVO vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que le corresponden en la sociedad, a la sociedad “INVERSIONES TAPIA CRUZ SpA”, para quien compra, acepta y adquiere su representante, los referidos derechos.- El precio de dicha cesión es la suma $7.920.000.-, pagados en el acto de contado y en dinero efectivo. 2) don MANUEL JOSÉ HENRÍQUEZ MANDIOLA vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que le corresponden en la sociedad, a don ÁLVARO TAPIA BRAVO, quien compra, acepta y adquiere para sí, los referidos derechos.- El precio de dicha cesión es la suma $80.000.-, pagados en el acto, de contado y en dinero efectivo. En mérito de las cesiones de derechos sociales precedentes, los actuales y únicos socios de la sociedad son la sociedad “INVERSIONES TAPIA CRUZ SpA”, con una participación social del noventa y nueve por ciento (99%) del capital social y don ÁLVARO TAPIA BRAVO, con una participación social del uno por ciento (1%) del capital social, quienes vienen en modificar la sociedad en los siguientes sentidos: Uno) Se modifica la cláusula segunda de la escritura de constitución social, reemplazándola por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto social será: a) La explotación agrícola y ganadera, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas o ganaderos; b) El desarrollo de negocios inmobiliarios, por cuenta propia o de terceros, mediante la inversión de inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos o urbanos; c) Prestación de servicios en materias agrícolas e inmobiliarias; d) Las demás que se relacionen directa e indirectamente con las anteriores y que sean acordadas por los socios.”.- Dos) Se modifica la cláusula tercera de la escritura de constitución social, reemplazándola por la siguiente: “TERCERO: La razón social de la sociedad será “AGRÍCOLA E INMOBILIARIA BOTALCURA LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos legales y ante cualquier persona o entidad de orden jurídico o privado, inclusive Bancos, con el nombre de fantasía de “AGRÍCOLA E INMOBILIARIA BOTALCURA LTDA”. Tres) Se modifica la cláusula CUARTA de la escritura de constitución social, en el sentido que la ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL corresponderá de forma SEPARADA E INDISTINTA a don ÁLVARO TAPIA BRAVO, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad sin ningún tipo de limitación y premunido de todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula CUARTA de la escritura de constitución social, las que se dan enteramente por reproducidas.- Cuatro) Se modifica la cláusula UNDÉCIMA de la escritura de constitución social, reemplazándola por la siguiente: “UNDÉCIMO: En caso de disolución o fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con el sobreviviente y con los continuadores de la sociedad disuelta y/o herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un mandatario común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administración ni podrá usar la razón social. La designación del mandatario común deberá hacerse por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. En caso de fallecimiento del socio administrador, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a la socia “INVERSIONES TAPIA CRUZ LIMITADA”.- En lo no modificado continúa plenamente vigente el primitivo pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 25 de Marzo de 2022.-