Inversiones Doña Verónica Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2022
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 7 de febrero de 2022, ante mí, doña María Verónica Valdés Gazitúa, Inversiones VVG SpA, Inversiones Andes SpA, Inversiones Coñimo SpA, Inversiones Doña Flor SpA e Inversiones Austral SpA, todos domiciliados para estos efectos en Calle Peumo N°259, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de INVERSIONES DOÑA VERÓNICA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 48.708, número 34.690, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005 (la “Sociedad”), acordaron modificar la Sociedad, en el siguiente sentido: UNO) Dar cuenta del retiro de Inversiones VVG SpA como socia de la Sociedad.; DOS) Producto de lo anterior, se acordó disminuir el capital de la Sociedad desde la suma de $1.000.000, a la suma de $801.000, mediante la devolución de $199.000 a Inversiones VVG SpA.; TRES) Dar cuenta del cambio de administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que la administración y representación y el uso de su razón social corresponderán indistintamente a doña María Verónica Valdés Gazitúa, a don Juan Andrés Camus Camus, o a tres de sus socios actuando conjuntamente, en la forma y con las facultades señaladas en la escritura extractada. CUATRO) Para dar cuenta de las modificaciones precedentes, se modificaron los estatutos de la Sociedad, en el sentido de reemplazar sus Artículos Quinto y Séptimo. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 17 de marzo de 2022.