ELABORADORA Y COMERCIALIZADORA LL & A LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de marzo de 2022
- Notario
- RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA
- Oficio
- Sexta Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Con Con
- Duración
- Cinco años contar esta fecha, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término, escritura pública anotada margen inscripción social y envío carta certificada, mínimo 3 meses antes fin respectivo período
Objeto social
ELABORACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PANADERIA Y PASTELERIA, y en general cualquier otra actividad o negocio relativa al comercio, que sea análoga o complementaria, que se relacione directa o indirectamente con la anterior y que los socios decidan de común acuerdo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Concón Reñaca, número 4000, local 19, Edificio Boulevard, Concón, certifico: Por escritura hoy ante mí, vienen en constituir “ELABORADORA Y COMERCIALIZADORA LL & A LIMITADA, constituyeron “ELABORADORA Y COMERCIALIZADORA LL & A LIMITADA”, nombre fantasía “PASTELERÍA LL & A LTDA.” Objeto: ELABORACIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PANADERIA Y PASTELERIA, y en general cualquier otra actividad o negocio relativa al comercio, que sea análoga o complementaria, que se relacione directa o indirectamente con la anterior y que los socios decidan de común acuerdo. Domicilio: Comuna de Con Con, sin perjuicio sucursales en resto país o extranjero. Administración, representación y uso Razón Social: Ambos socios conjuntamente, facultades cláusula quinta pacto social. Capital: $2.000.000.- así, ELISABET GRACIELA AEREBOE y PEDRO DANIEL LLADSER BOSCO aportan $1.000.000.-, cada uno, en efectivo en este acto. Duración: Cinco años contar esta fecha, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término, escritura pública anotada margen inscripción social y envío carta certificada, mínimo 3 meses antes fin respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Concón a 23 de Marzo de 2022.