Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2022
- Notario
- GINO IGNACIO MENCARINI SOLERVICENS
- Domicilio
- las comunas de la Mariquina
Sociedad
- Domicilio
- sector Neltume sin número, ciudad y comuna de Panguipulli
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La sociedad por acciones, tendrá por objeto a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, exportación, importación, permuta, consignación, acopio, leasing, y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial, y sin ser excluyentes de todo tipo de productos de minimarket, bazar, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados y elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, productos cárneos, conservas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarros, carbón, cecinas envasadas, productos de cocktail, pan, confites y chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y elaboradas, productos del mar (pescados y mariscos) frescos y congelados, platos y postres preparados con resolución sanitaria, empanadas, pan, masas, productos lácteos en general, entre otros similares, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) El establecimiento, administración y explotación de minimarket’s, bazares, almacenes y supermercados en general; c) La preparación, comercialización, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural; d) La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; e) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; f) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y g) Transporte por vía terrestre de pasajeros y todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en furgones que la Sociedad disponga a cualquier titulo, así como la represtación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en actividades comerciales, turísticos, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna. H) Concurrir a la formación y)o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general
Administración
La administración de la sociedad la ejerce un Gerente General que será designado por los accionistas sea por escritura pública, o bien, en junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO IGNACIO MENCARINI SOLERVICENS, Abogado, Notario Público Titular, de las comunas de la Mariquina, Lanco y Máfil con oficio en calle Padre Placido 1040, San José de la Mariquina, CERTIFICA: por escritura pública de hoy, repertorio número 484, ante mí, doña LORENA PAOLA HERRERA PEREIRA, chilena, comerciante, casada, cédula nacional de identidad número doce millones diez mil cincuenta y tres guion K; y don PEDRO DANIEL MARIPÁN SILVA, chileno, comerciante, casado, cedula nacional de identidad número doce millones trece mil setecientos treinta y nueve guion cinco, ambos casados entre si y domiciliados en camino internacional sin número, sector Neltume, de la ciudad y comuna de panguipulli, los comparecientes mayores de edad, constituyeron sociedad por acciones, que se regirá por las estipulaciones de este contrato y por las normas contenidas en la Ley número tres mil novecientos dieciocho, en el Código de Comercio y en el Código Civil, que versen sobre la materia. RAZÓN SOCIAL: será “ROTISERÍA LORENA SPA”.DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en sector Neltume sin número, ciudad y comuna de Panguipulli, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o el extranjero. Demás pactos constan de escritura extractada. OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será: La sociedad por acciones, tendrá por objeto a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, exportación, importación, permuta, consignación, acopio, leasing, y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial, y sin ser excluyentes de todo tipo de productos de minimarket, bazar, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados y elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, productos cárneos, conservas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarros, carbón, cecinas envasadas, productos de cocktail, pan, confites y chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y elaboradas, productos del mar (pescados y mariscos) frescos y congelados, platos y postres preparados con resolución sanitaria, empanadas, pan, masas, productos lácteos en general, entre otros similares, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) El establecimiento, administración y explotación de minimarket’s, bazares, almacenes y supermercados en general; c) La preparación, comercialización, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural; d) La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; e) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; f) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y g) Transporte por vía terrestre de pasajeros y todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en furgones que la Sociedad disponga a cualquier titulo, así como la represtación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en actividades comerciales, turísticos, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna. H) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general. ADMINISTRACION: La administración de la sociedad la ejerce un Gerente General que será designado por los accionistas sea por escritura pública, o bien, en junta de accionistas. El Gerente tendrá la representación legal de la sociedad tanto judicial como extrajudicialmente y estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes que no sean privativos de la Junta de Accionistas. En lo que se refiere a la representación judicial, el Gerente General estará investido con las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por expresamente reproducidas. La designación del Gerente deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la constitución social. No se requerirá la calidad de accionista para ser Gerente General. Los accionistas podrán designar otros gerentes o subgerentes, apoderados y abogados, que tendrán las obligaciones y funciones que se les señalen o que consten del poder que se les otorgue. El Gerente General de la sociedad, podrá delegar total o parcialmente sus facultades, y conferir mandatos o especiales, revocarlos y dejarlos sin efecto cuando lo estime conveniente. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de dos millones de pesos, dividido y representado en dos mil acciones sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Los títulos de las acciones serán nominativos. Las acciones de la sociedad podrán ser emitidas sin que necesariamente se hubiere impreso en forma física los títulos accionarios. VIGENCIA: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. San José a 22 de Marzo de 2022.