MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA CARLOS MONTTI CABRERA E.I.R.L.

RUT 76576628-1 CVE 2103526
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2019
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2019
Repertorio
5170
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercera Notaría Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley Nº 3918

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Agrícola Carlos Montti Cabrera E.I.R.L socio 76576628-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, abogado y Notario Público Tercera Notaría Chillán, domiciliado en Paseo Arauco, Nº620, Chillán, Certifica: por escritura pública de esta fecha ante mí: Don CARLOS MARCELO MONTTI CABRERA, chileno, soltero, jubilado de las Fuerzas Armadas, C.I. 6.866.936-7; domiciliado en Parcela 17 Santa Raquel de Cato, comuna Chillán, y doña JAVIERA VALENTINA MONTTI ZEBIL, profesora, conviviente civil como se acreditó, C.I. 15.710.824-7, domiciliada en Parcela 17, Santa Raquel de Cato, comuna Chillán, expusieron: Por escritura pública de fecha 25-11-2019, Repertorio Nº 5.170, suscrita ante el Notario Público Titular de la Primera Notaria de Chillán don Gerardo Alfredo Cortes Gasaui, se transformó la empresa denominada Agrícola Carlos Montti Cabrera E.I.R.L., R.U.T. 76.576.628-1, Capital $50.000.000.-, inscrita a fojas 572 Nº 664, Registro Comercio C.B.R. Chillan año 2012, Publicada D.O., Edición 40.328, de fecha 03-08-2012, a una Sociedad por Acciones denominada SAN CRISTÓBAL DE CATO SpA.- R.U.T. 76.576.628-1 en conformidad a las normas de la Ley Nº 3918, publicada D.O. Edición Nº412529, de fecha 16-12-2019, inscrita a fojas 645 Nº 455 Registro Comercio C.B.R. Chillán año 2019.- Que en razón que la sociedad no perseguía el beneficio de sus intereses personales, las partes resciliaron, disolvieron y dejaron sin efecto en todas sus partes dicho contrato de transformación de sociedad, singularizado en la cláusula primera escritura extractada. Asimismo resciliaron la Nuda Propiedad sobre las 50 acciones de la sociedad San Cristóbal de Cato SpA. Acciones que fueron valorizadas en la suma de $10.000.000.-, suma dineraria que don CARLOS MARCELO MONTTI CABRERA restituyó a doña JAVIERA VALENTINA MONTTI ZEBIL, declarando está que lo recibió a su total y entera satisfacción, renunciando desde ya a cualquier acción resolutoria, otorgando el más amplio completo finiquito. Los comparecientes dieron por terminada la sociedad SAN CRISTÓBAL DE CATO SpA; otorgándose respecto de ella el más amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan en relación con la sociedad que mediante escritura extractada que se rescilió, y renunciaron a cualquier acción que se relacione directa o indirectamente con ella.- Se dejó expresamente establecido por las partes, que la sociedad resciliada, al no haber tenido funcionamiento, al no completar su tramitación ante S.I.I. y al explotar de los giros, no ha generado hechos gravados con impuesto alguno, razón por la cual, no se adeudan impuestos ni obligación alguna para con el Fisco o con terceros.- Que, en virtud de la reciliación, se dejó expresa constancia que al no cumplir todos los requisitos para su perfeccionamiento de la la sociedad SAN CRISTÓBAL DE CATO SpA, tampoco se realizó ninguna actividad comercial, las partes retorotrayeron al estado anterior a su celebración, de la misma forma en que se encontraba inscrita, manteniendo sus títulos y dominios sobre el capital e inmueble inscrito a nombre de AGRICOLA CARLOS MONTTI CABRERA E.I.R.L. extracto inscrito a fojas 572 Nº664 Registro Comercio C.B.R. Chillán año 2012. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 18-03-2022.-