MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Catemu Limitada

RUT 76069019-8 CVE 2102905
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2022
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la Novena Notaría Santiago, domiciliado en Teatinos 333, entrepiso, certifico que por escritura pública de fecha 24 de enero de 2022, ante mi Suplente don Fouad Farah Salazar, los comparecientes don JUAN PABLO GACITÚA SANCHEZ, comerciante, doña MARIA CATALINA VALDES CALVO, diseñadora, debidamente representada, RODRIGO ANDRES VALENZUELA VIVES, factor de comercio, CHRISTIAN NELSON CANDIA QUIROZ, administrador público y JACQUELINE FERNANDEZ HERNANDEZ, educadora de párvulos, todos domiciliados para estos efectos en Compañía 1390, Of. 1507, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada, constituida el 30 de abril de 2009, otorgada en la Notaria de Santiago don Osvaldo Pereira González, que gira con la razón social de “SOCIEDAD DE INVERSIONES CATEMU LIMITADA”, RUT. 76.069.019-8, cuyo nombre de fantasía es “INVERSIONES CATEMU LTDA.”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 20.599, N° 14.099 del año 2009, publicada en el Diario Oficial de fecha 19 de mayo de 2009. Modificación consiste: JUAN PABLO GACITUA SANCHEZ y doña MARIA CATALINA VALDES CALVO, quien actúa debidamente representada, venden, ceden y transfieren el 25% de sus derechos sociales que a dicha sociedad en parte corresponden a doña JACQUELINE FERNANDEZ HERNANDEZ, ya individualizada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, ingresando ella, como nuevo socio.- El valor de los derechos transferidos, es la suma de $2.000.000, que la cesionaria paga en este acto a los cedentes en partes iguales, y estos declaran haber recibido el dinero en efectivo y a su más entera satisfacción. Asimismo RODRIGO ANDRES VALENZUELA VIVES, vende, cede y transfiere el 25% de sus derechos sociales que a dicha sociedad en parte corresponden a don CHRISTIAN NELSON CANDIA QUIROZ, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El valor de los derechos transferidos, es la suma de $1.000.000, que el cesionario paga en este acto al cedente, y este declara haber recibido el dinero en efectivo y a su más entera satisfacción. En consecuencia, y a partir de la fecha de este instrumento, quedan como únicos socios de la “Sociedad de Inversiones Catemu Limitada” don CHRISTIAN NELSON CANDIA QUIROZ con un 50% de los derechos sociales y doña JACQUELINE FERNANDEZ HERNANDEZ con el 50% de los derechos sociales, de este modo acuerdan modificar los estatutos sociales en lo que se indicará, quedando ellos como se expresará: “CLAUSULA CUARTA: El capital social será la suma de $4.000.000, modificado por los socios de la siguiente manera: a) Don CHRISTIAN NELSON CANDIA QUIROZ, aporta en este acto $2.000.000, al contado y en dinero en efectivo ya ingresados en arcas sociales, equivalente al 50% del capital social; y b) Doña JACQUELINE FERNANDEZ HERNANDEZ, aporta en este acto $2.000.000, al contado y en dinero en efectivo ya ingresados en arcas sociales, equivalente al 50% del capital social.- Respecto de la administración y representación de la sociedad corresponderá individual e indistintamente a cualquiera de los socios, para lo cual podrá comparecer solo CHRISTIAN NELSON CANDIA QUIROZ o JACQUELINE FERNANDEZ HERNANDEZ.- En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada.