MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE CONSULTORÍA, VENTA DE SOFTWARE Y HARDWARE LIMITADA

RUT 76800064-6 CVE 2102843
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de marzo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de marzo de 2022
Notario
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Oficio
48º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48º Notaría de Santiago, Avda. Apoquindo 3076, oficina 601, 6° piso, Comuna de las Condes, Santiago, Región Metropolitana, Certifica: Por escritura pública de fecha 15 de marzo de 2022, ante mi, don Felipe Javier Abarza Tejo, domiciliado en Crisantemos 833, comuna de Providencia, Santiago, don Carlos Manuel Sánchez Canales, domiciliado en Río Volga Nº121, comuna de Maipú, Santiago, don Bastián Ignacio Meneses Castro, domiciliado en Alihuén Nº 209, comuna de Maipú, Santiago, don Claudio Antonio Meneses Fuentes, domiciliado en Alihuén Nº 209, comuna de Maipú, Santiago, y doña Mariela Alejandra Muñoz Melgarejo, domiciliada en Alcalde Pedro Alarcón Nº900, departamento 1603, comuna de San Miguel, Santiago, modifican sociedad “SERVICIOS DE CONSULTORÍA, VENTA DE SOFTWARE Y HARDWARE LIMITADA” , constituida por escritura pública 13 de octubre de 2017 y modificada por escritura pública 24 de marzo de 2021, ambas otorgadas ante Notario Público Titular Novena Notaría de Santiago, don Pablo González Caamaño, cuyos extractos se inscribieron en Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 78.505 Nº42.243, del año 2017 y a fojas 26.348 Nº12.235 del año 2021, respectivamente; y se publicaron en Diario Oficial 18 de octubre 2017 y 17 de abril 2021, respectivamente. Las modificaciones consisten: 1) Mariela Alejandra Muñoz Melgarejo, vende, cede y transfiere el 13% de los derechos sociales a socio Felipe Javier Abarza Tejo, quien los compra, acepta y adquiere para si, en la suma de $4.768.145 pagados este acto al contado a plena satisfacción de la cedente; 2) Mariela Alejandra Muñoz Melgarejo, vende, cede y transfiere el 3% de los derechos sociales a socio Carlos Manuel Sánchez Canales, quien los compra, acepta y adquiere para si, en la suma de $1.100.341, pagados en este acto al contado a plena satisfacción de la cedente; 3) Mariela Alejandra Muñoz Melgarejo, vende, cede y transfiere 2% de los derechos sociales a socio Bastián Ignacio Meneses Castro, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $733.561, pagados en este acto al contado, a plena satisfacción de la cedente. 4) Socia Mariela Alejandra Muñoz Melgarejo se retira de la sociedad y quedan como únicos socios de SERVICIOS DE CONSULTORÍA, VENTA DE SOFTWARE Y HARDWARE LIMITADA”, las siguientes personas con la participación social que se indica a continuación: a) don Felipe Javier Abarza Tejo, con un 65% de los derechos sociales; b) don Carlos Manuel Sánchez Canales, con un 21% de los derechos sociales; c) don Bastián Ignacio Meneses Castro, con un 12% de los derechos sociales; y d) don Claudio Antonio Meneses Fuentes con un 2% por ciento de los derechos sociales.; los que acuerdan: A) Reemplazar íntegramente artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $2.000.000, que los socios han aportado e ingresado a caja social de la siguiente forma: Uno/ Felipe Javier Abarza Tejo, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de un millón trescientos mil pesos, esto es, un sesenta y cinco por ciento del capital social. Dos/ Carlos Manuel Sánchez Canales, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cuatrocientos veinte mil pesos, esto es, un veintiún por ciento del capital social. Tres/ Bastián Ignacio Meneses Castro, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de doscientos cuarenta mil pesos, esto es, un doce por ciento del capital social. Cuatro/ Claudio Antonio Meneses Fuentes, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cuarenta mil pesos, esto es, un dos por ciento del capital social; y, B) Reemplazar íntegramente el artículo octavo de los estatutos por el siguiente: “OCTAVO. Las ganancias y pérdidas que arroje la sociedad se determinarán conforme a las normas contables que exige la ley a este tipo de actividad y se repartirán entre los socios proporcionalmente a sus aportes de acuerdo con el Balance e Inventario que se practicará el día treinta y uno de diciembre de cada año. Así las partes acuerdan que cada socio tiene en dominio en la Sociedad, el que sigue: don Felipe Javier Abarza Tejo, un sesenta y cinco por ciento del capital social; don Carlos Manuel Sánchez Canales, un veintiún por ciento del capital social; don Bastián Ignacio Meneses Castro, un doce por ciento del capital social; y don Claudio Antonio Meneses Fuentes, un dos por ciento del capital social. Los balances se entenderán aprobados por cada socio, si no fueren objetados dentro de los treinta días desde que fueren puestos en su conocimiento. De las objeciones al balance, resolverá el árbitro que se designe de acuerdo a lo estipulado en estos estos estatutos. Lo anterior, es sin perjuicio de poder acordar el retiro de sumas a cuenta de utilidades del ejercicio en curso o de asignar remuneraciones por sus labores a los socios . En todo lo no expresamente modificado, por escritura extractada, sigue rigiendo el pacto social que consta en escritura pública de fecha 13 de octubre 2017 y su modificación que consta en escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021, ambas otorgadas en la Novena Notaría Pública de Santiago de don Pablo Alberto González Caamaño. SANTIAGO, 17 de marzo de 2022.- Roberto A.Cifuentes A. Not.Púb.