Luego Express Limitada
Instrumento
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DIEGO IGNACIO LEA-PLAZA GOMEZ | representante | 15390265-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, rectifica extracto de modificación y cesión de derechos de la sociedad “LUEGO EXPRESS LIMITADA”, que se inscribió a fojas 20105, Nº 9301 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y publicada en el Diario Oficial Número 43.204, el 16 de marzo del 2022, en el siguiente sentido: Cesión de derechos actuales: /uno/ “ASESORÍAS E INVERSIONES SUR LIMITADA”, con el expreso consentimiento de su consocio vende, cede y transfiere el noventa y nueve por ciento de sus derechos y haberes sociales equivalentes a la suma total de novecientos noventa y nueve mil pesos que se encuentran consignados de “LUEGO EXPRESS LIMITADA” a “VOB SpA”, sociedad de inversiones, Rut. Nº77.084.999-3, representada por don DIEGO IGNACIO LEA-PLAZA GOMEZ, CNI Nº15.390.265-8 quien compra, acepta y adquiere el noventa y nueve por ciento de los derechos y haberes sociales equivalentes a la suma total de novecientos noventa y nueve mil pesos. El valor de la cesión referida se ciñe estrictamente al valor de los derechos sociales establecidos en los Estatutos de la Sociedad; Debe decir: “/uno/ “ASESORÍAS E INVERSIONES SUR LIMITADA”, con el expreso consentimiento de su consocio vende, cede y transfiere el noventa y nueve por ciento de sus derechos y haberes sociales equivalentes a la suma total de novecientos noventa mil pesos que se encuentran consignados de “LUEGO EXPRESS LIMITADA” a “VOB SpA”, sociedad de inversiones, Rut. Nº77.084.999-3, representada por don DIEGO IGNACIO LEA-PLAZA GOMEZ, CNI Nº15.390.265-8 quien compra, acepta y adquiere el noventa y nueve por ciento de los derechos y haberes sociales equivalentes a la suma total de novecientos noventa mil pesos. El valor de la cesión referida se ciñe estrictamente al valor de los derechos sociales establecidos en los Estatutos de la Sociedad.” Demás estipulaciones en extracto rectificado, se mantienen plenamente vigentes. Santiago, 16 de marzo de 2022.