Asesorías e Inversiones Santa Magdalena SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2022
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $178.313.620 CLP
Administración
Artículo Décimo, se reforman los estatutos, en el sentido que la administración y representación de la sociedad le corresponderá, a Jorge Zúñiga Valenzuela y Jorge Ignacio Zúñiga Gómez, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada, indistintamente y podrán ejercer por sí solos, o bien, a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con las facultades que se detallan en el Artículo Décimo, objeto de la presente modificación. En lo demás, pacto social continúa vigente. El Notario que suscribe certifica que, conforme consta del Libro Registro de Accionistas, a la fecha de la escritura pública señalada, los únicos accionistas son los individualizados. Santiago, 14 MARZO 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Jorge Zúñiga Valenzuela, Jorge Ignacio Zúñiga Gómez, Magdalena del Pilar Zúñiga Gómez y Francisca Rocío Zúñiga Gómez, únicos socios, dueños del total del capital social, modifican sociedad por acciones: Asesorías e Inversiones Santa Magdalena SpA., Capital $178.313.620.- rut. 77.944.360-4, en el Título Tercero. De la Administración. Artículo Décimo, se reforman los estatutos, en el sentido que la administración y representación de la sociedad le corresponderá, a Jorge Zúñiga Valenzuela y Jorge Ignacio Zúñiga Gómez, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada, indistintamente y podrán ejercer por sí solos, o bien, a través de personas especialmente designadas para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con las facultades que se detallan en el Artículo Décimo, objeto de la presente modificación. En lo demás, pacto social continúa vigente. El Notario que suscribe certifica que, conforme consta del Libro Registro de Accionistas, a la fecha de la escritura pública señalada, los únicos accionistas son los individualizados. Santiago, 14 MARZO 2022.