CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 12852580-7 CVE 2102301
Capital
$1.200.000 CLP
Fecha instrumento
16 de marzo de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de marzo de 2022
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.200.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
20 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 20 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura extractada
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento de inmuebles, amoblados no amoblados con o sin instalaciones, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. C) La explotación agrícola, frutícola, forestal, ganadera y avícola de predios rústicos, por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios en dichas áreas; la transformación y comercialización de productos agrícolas, frutícolas, forestales, ganaderos y avícolas y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado. D) La compraventa, transformación, elaboración, distribución, intermediación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderos y avícolas, semillas, frutos y granos, sean ellos silvestres, orgánicos o de otra naturaleza, la industrialización, selección y limpieza de ellos, la exportación de dichos frutos y productos, sea por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, la importación de maquinaria agrícola e insumos, la prestación de servicios en las materias referidas. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado, y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don FELIPE ANDRES IRARRÁZAVAL CARRASCO, a don FRANCISCO JAVIER IRARRÁZAVAL CARRASCO y a don SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO quienes actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de hoy, ante mí, (I) FRANCISCO JAVIER IRARRÁZAVAL CARRASCO, C.I. N° 12.852.580-7, domiciliado camino Las Hualtatas N° 5101, casa 301, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; (II) MARÍA CECILIA IRARRÁZAVAL CARRASCO, C.I. N° 13.037.688-6, domiciliada en Las Tórtolas N° 2.430, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; (III) MARÍA CAROLINA IRARRÁZAVAL CARRASCO, C.I. N° 13.442.161-4, domiciliada en calle Rapallo 4221, departamento 27, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; (IV) FELIPE ANDRES IRARRÁZAVAL CARRASCO, C.I. N° 13.882.558-2, domiciliado en Camino los Cristales kilómetro 0,7, sitio 18, comuna y ciudad de Curicó, Región del Maule; (V) SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO, C.I. N° 15.106.179-6, domiciliado en Fundo el Carmen sin número, comuna de Codegua, Región del Libertador General Bernardo O`Higgins; y, (VI) CECILIA DE LA LUZ CARRASCO ALFONSO, C.I. N° 5.132.552-4, domiciliada en Fundo el Carmen sin número, comuna de Codegua, Región del Libertador General Bernardo O`Higgins, quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad es “AGRÍCOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA”. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento de inmuebles, amoblados no amoblados con o sin instalaciones, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. C) La explotación agrícola, frutícola, forestal, ganadera y avícola de predios rústicos, por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios en dichas áreas; la transformación y comercialización de productos agrícolas, frutícolas, forestales, ganaderos y avícolas y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado. D) La compraventa, transformación, elaboración, distribución, intermediación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderos y avícolas, semillas, frutos y granos, sean ellos silvestres, orgánicos o de otra naturaleza, la industrialización, selección y limpieza de ellos, la exportación de dichos frutos y productos, sea por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, la importación de maquinaria agrícola e insumos, la prestación de servicios en las materias referidas. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado, y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. CAPITAL: $1.200.000.-, que socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: Uno) Don FRANCISCO JAVIER IRARRÁZAVAL CARRASCO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. Dos) Doña MARÍA CECILIA IRARRÁZAVAL CARRASCO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. Tres) Doña MARÍA CAROLINA IRARRÁZAVAL CARRASCO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. Cuatro) Don FELIPE ANDRES IRARRÁZAVAL CARRASCO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. Cinco) Don SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. Seis) Doña CECILIA DE LA LUZ CARRASCO ALFONSO aporta $200.000.-, equivalentes al 20% de derechos sociales, suma que deberá enterar y pagar en dinero efectivo dentro plazo 3 años contados desde fecha escritura extractada. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don FELIPE ANDRES IRARRÁZAVAL CARRASCO, a don FRANCISCO JAVIER IRARRÁZAVAL CARRASCO y a don SEBASTIÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL CARRASCO quienes actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 20 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 20 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 marzo de 2022. LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY. N.P.-