MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SAI CHILE SpA

RUT 76830045-3 CVE 2101783
Fecha instrumento
23 de febrero de 2022

Instrumento

Fecha
23 de febrero de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al accionista SERVICIOS AEREOS INDUSTRIAIS ESPECIALIZADOS SAI LTDA (el administrador), quien ejercerá esas facultades a través de un gerente general y mandatarios nombrados en un junta de accionista ordinaria o extraordinaria según fueren las necesidades del caso, de la cual deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad, pudiendo dicho gerente general y mandatarios ser revocados y sustituidos al criterio exclusivo del administrador, en cualquier momento y cuantas veces estime necesario o conveniente, debiendo cumplirse en cada oportunidad las formalidades antes señaladas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifico: Por Escritura Pública, de 23/02/2022 ante mi, notario suplente Gisselle Cecilia Marquez León, compareció RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número 10.837.837-9, con domicilio en calle Antonio Bellet número 444, oficina 504, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana quien debidamente facultado redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SAI CHILE SpA., que modificó pacto social respecto de la cláusula de administración en los términos que se indica. Con esta fecha el único accionista, esto es, “SERVICIOS AEREOS INDUSTRIAIS ESPECIALIZADOS SAI LTDA”, modificó el TÍTULO TERCERO: De la administración, respecto de los artículos décimo cuarto y décimo quinto. Artículo Décimo Cuarto. Administración. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al accionista SERVICIOS AEREOS INDUSTRIAIS ESPECIALIZADOS SAI LTDA (el administrador), quien ejercerá esas facultades a través de un gerente general y mandatarios nombrados en un junta de accionista ordinaria o extraordinaria según fueren las necesidades del caso, de la cual deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad, pudiendo dicho gerente general y mandatarios ser revocados y sustituidos al criterio exclusivo del administrador, en cualquier momento y cuantas veces estime necesario o conveniente, debiendo cumplirse en cada oportunidad las formalidades antes señaladas. Demas estipulaciones y facultades completas en escritura extractada del número 1 al 13. Asimismo, se modifica el Artículo Décimo Quinto de los estatutos sociales quedando de la siguiente forma: Artículo Décimo Quinto: Gerente general, mandatario especial y sus facultades. Se designa en este acto como Gerente General a doña VIVIANA PATRICIA TORRES PAVEZ, chilena, Ingeniera, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos sesenta mil noventa y dos guión dos, quien se mantendrá en ese cargo mientras no sea removida por la correspondiente Junta Ordinaria o Extraordinaria de accionistas según sea el caso, y quien está dotada de las facultades tipo A) números 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7), 8), 9), 10), 11) 12) y 13) de la cláusula Décimo Cuarta, según escritura extractada. Asimismo, se designa como mandatario especial al abogado de la sociedad don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos treinta y siete mil ochocientos treinta y siete raya nueve, para que en ausencia de la gerente general, sea en forma transitoria o permanente, y que no será necesaria acreditar dicha ausencia, pueda actuar en representación de la sociedad, mientras no sea removido en Junta Ordinaria o Extraordinaria, estando dotado de las facultades tipo B) que comprenden las facultades 1), 2), 3), 4) 5), 6), 7), 8) 10), 11) y 12) de las facultades conferidas en el artículo Décimo Cuarto, según escritura extractada. Demas estipulaciones según escritura extractada. Santiago a 16 de marzo de 2022.