MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES EL COIHUE SpA

RUT 76734174-1 CVE 2101819
Fecha instrumento
15 de marzo de 2022
Notaría
Santiago don Álvaro González Salinas

Instrumento

Fecha
15 de marzo de 2022
Repertorio
58249-2021
Notario
ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría
Comuna
Santiago don Álvaro González Salinas

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MATÍAS CONCHA VIAL representante 10613428-6
Sociedad que gira bajo el nombre de INVERSIONES EL COIHUE SPA socio 76734174-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaría, con oficio en Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifico, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 15 de marzo de 2022, ante mí, MATÍAS CONCHA VIAL, C.N.I. N° 10.613.428-6, actuando en representación convencional de don WALTER BRUNO FRINDT, C.N.I. N° 10.230.119-; y de doña DANIELA VERÓNICA ALLIENDE SÁNCHEZ, C.I. N° 10.184.347-5, ambos con domicilio en calle Aldunate Nº 284, ciudad de Temuco; ambos en su calidad de actuales y únicos socios de la Sociedad que gira bajo el nombre de INVERSIONES EL COIHUE SPA, RUT N° 76.734.174-1, inscrita a fojas 1776 N°1157 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2016, de conformidad a la Ley N° 19.499, rectificaron escritura de fecha 16 de diciembre de 2021 Repertorio Nº 58.249-2021 otorgada ante el Notaria de Santiago don Álvaro González Salinas, en el siguiente sentido: A) El artículo “ACUERDOS”: i) En el acuerdo número Uno) letra b indica el avalúo de las acciones la suma de “ciento un millones ochocientos cuarenta y seis mil setecientos setenta mil pesos”, en circunstancias que debió ser ciento un millones ochocientos cuarenta y seis mil setecientos setenta pesos; ii) En el acuerdo número Tres) número i) señala la suscripción de acciones por la suma de “ciento quince mil trecientos treinta y cuatro mil novecientos setenta y siete pesos”, en circunstancias que debió decir ciento quince millones trecientos treinta y cuatro mil novecientos setenta y siete pesos.; iii) En el acuerdo número Tres) número i) letra c) indica el avalúo de las acciones en la suma de “ciento un mil ochocientos cuarenta y seis mil setecientos setenta pesos”, en circunstancias que debió decir ciento un millones ochocientos cuarenta y seis mil setecientos setenta pesos; iv) En el acuerdo número Tres) número i) letra e) señala el aporte en dinero en efectivo por la suma de “tres millones trescientos setenta y siete mil seiscientos veinticinco pesos”, en circunstancias que debió ser tres millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro pesos; B) El artículo número cuatro “Modificaciones estatuto” en la letra c) número iv) señala el aporte en dinero en efectivo por la suma de “tres millones trescientos setenta y siete mil seiscientos veinticinco pesos”, en circunstancias que debió ser tres millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro pesos; y C) El extracto que fue inscrito a fojas mil doscientas cincuenta y ocho F número setecientos cuarenta y seis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintiuno y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno se señala el aporte en dinero en efectivo por la suma de “tres millones trescientos setenta y siete mil seiscientos veinticinco pesos”, en circunstancias que debió ser tres millones setecientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cuatro pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de marzo de 2022.