INVERSIONES AGRICOLAS VELSOL I LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2011
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Abogado y Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino número 60, Pasaje Marcel, certifica que: Por escritura pública de hoy ante mí, doña Elsa Gloria Fernández Camus, domiciliada en Fundo El Valle sin número, comuna de la Estrella, de paso en ésta, por sí y en representación de don Christian Valentin Fernández Fernández; don Luis Vicente Valenzuela Camus, domiciliado en Fundo La Blanca sin numero Peralillo, de paso en ésta; don Manuel Hernán Fernandez Camus, domiciliado en Parcela Uno El Toco, comuna de Pichidegua, de paso en ésta; y don Víctor Raúl Valenzuela Camus, domiciliado en Fundo La Blanca sin numero Peralillo, de paso en ésta; modificaron “Inversiones Agricolas Velsol I Limitada”, Rut. 76.261.830-3 constituida por escritura pública de fecha 09 de Marzo de 2011, en la Notaría de Santiago, de don Ulises Aburto Spitzer, e inscrita a 15.683 N° 11.888, del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2011; en el siguiente sentido: 1.- Doña ELSA GLORIA FERNANDEZ CAMUS, en representación de don CHRISTIAN VALENTIN FERNANDEZ FERNANDEZ, titular de derechos equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, se retira de la sociedad, y vende, cede y transfiere la nuda propiedad de la totalidad de la participación social de su representado a don LUIS VICENTE VALENZUELA CAMUS, a don MANUEL HERNAN FERNANDEZ CAMUS, y a don VICTOR RAUL VALENZUELA CAMUS, manteniendo y constituyendo para su representado, el usufructo vitalicio sobre estos derechos sociales cuya nuda propiedad cede. El precio de la venta es la suma de $5.000.000.- que los cesionarios pagan al contado y en dinero efectivo. B.- Doña ELSA GLORIA FERNANDEZ CAMUS, titular de derechos equivalentes al cincuenta por ciento del capital social, se retira de la sociedad, y vende, cede y transfiere la nuda propiedad del cincuenta por ciento de su participación social a don LUIS VICENTE VALENZUELA CAMUS, a don MANUEL HERNAN FERNANDEZ CAMUS, y a don VICTOR RAUL VALENZUELA CAMUS, manteniendo para ella el usufructo vitalicio sobre los derechos sociales cuya nuda propiedad cede. El precio de la venta es la suma de $5.000.000, que los cesionarios pagan al contado y en dinero efectivo. C.- Consecuencialmente, quedan como socios de la sociedad y en los porcentajes que se indican de los derechos sociales: don VICTOR RAUL VALENZUELA CAMUS, con un 33,333% de los derechos sociales; don LUIS VICENTE VALENZUELA CAMUS, con un 33,333% de los derechos sociales; y don MANUEL HERNAN FERNANDEZ CAMUS, con un 33,33% de los derechos sociales. TRES.- Los actuales socios modifican la cláusula CUARTA del Pacto Social, respecto de la administración, representación y uso de la razón social, la que corresponderá a los socios, doña ELSA GLORIA FERNANDEZ CAMUS y a don VICTOR RAUL VALENZUELA CAMUS, quienes representarán a la sociedad en forma conjunta o indistintamente, con las facultades que se señalan en escritura extractada, salvo las limitaciones que allí también se indican. En todo lo no modificado permanece plenamente vigente el pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santa Cruz, 11 de Marzo de 2022.-