MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA LAURA SpA

RUT 78254790-9 CVE 2101950
Capital
$171.570.266 CLP
Fecha instrumento
9 de marzo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de marzo de 2022
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$171.570.266 CLP

Objeto social

a) La compraventa de inmuebles, la tenencia de los mismos, la explotación en forma directa o indirecta de bienes raíces, sea en forma de arrendamiento, construcción, compra y venta de bienes raíces y similares; la comercialización por cuenta propia o ajena de los mismos; b) la participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y d) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 9 de marzo de 2022, ante mí, doña María Laura Rossetti Moreno, Inversiones Almahue Limitada, doña María Paula Olivares Rossetti, don Felipe Andrés Olivares Rossetti y don Manuel Antonio Olivares Rossetti, todos domiciliados para estos efectos en calle Almahue N° 452, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos accionistas, según registro de accionistas tenido a la vista, de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA LAURA SpA sociedad inscrita a fojas 22.071, número 11.566 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1992, acordaron lo siguiente: UNO) Dividir “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA LAURA SpA” en dos sociedades por acciones, “Inmobiliaria e Inversiones María Laura SpA” e “Inmobiliaria Vitacura SpA”, siendo “Inmobiliaria e Inversiones María Laura SpA” la continuadora legal. DOS) Disminuir, producto de la división antes señalada, el capital accionario de “Inmobiliaria e Inversiones María Laura SpA”, desde la suma de $197.089.086, dividido en 197.089.086 acciones ordinarias y sin valor nominal, a la suma de $25.518.820, dividido en el mismo número de acciones de iguales características, es decir, en la suma de $171.570.266, encontrándose el capital íntegramente suscrito y pagado. Para dar cuenta de lo anterior, se modificaron los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad. TRES) Aprobar estatutos de la sociedad que nace producto de división: Accionistas: María Laura Rossetti Moreno, Inversiones Almahue Limitada, María Paula Olivares Rossetti, Felipe Andrés Olivares Rossetti y Manuel Antonio Olivares Rossetti. Nombre: “INMOBILIARIA VITACURA SpA”. Objeto: a) La compraventa de inmuebles, la tenencia de los mismos, la explotación en forma directa o indirecta de bienes raíces, sea en forma de arrendamiento, construcción, compra y venta de bienes raíces y similares; la comercialización por cuenta propia o ajena de los mismos; b) la participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; c) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; y d) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: $171.570.266, dividido en 1.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 15 de marzo del año 2022.