MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA, EXPORTADORA E IMPORTADORA EDMY LIMITADA

RUT 76421454-4 CVE 2101576
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
7 de agosto de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de agosto de 2019
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Importar, exportar comprar, vender o distribuir y representar por cuenta propia o ajena, comercializar por cuenta propia o ajena toda clase de artículos de joyería de oro, plata, piedras preciosas, semi preciosas, cristalería y toda clase accesorio en fantasía ; b) Realizar negocios inmobiliarios, compra venta por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes raíces y en general ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que tengan directa o indirecta relación con los giros anteriores;

Administración

La sociedad será administrada por doña Sandra Milena Sánchez Marín, ya individualizada, en calidad de Gerente de la sociedad y dotada de amplias facultades de administración, indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Abogado, Notario Público Titular 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura de fecha 07/08/2019 ante mí, Jhon Jairo Gómez Diaz, colombiano, soltero, factor de comercio, C.I.N° 23.986.398-1, Manuel Rodríguez N° 308, depto. 1609, Santiago, Región Metropolitana, y Sandra Milena Sánchez Marín, colombiana, soltera, técnico en ecoturismo, C.I.N° 23.627.504-3, Independencia N° 1635, depto. 1004, Independencia, Región Metropolitana, Modificaron y Transformaron sociedad “COMERCIALIZADORA, EXPORTADORA E IMPORTADORA EDMY LIMITADA”, RUT.N° 76.421.454-4, capital social $10.000.000, constitución inscrita a fojas 99.110 N° 60.813 Registro de Comercio, CBRS, año 2014, en el siguiente sentido: UNO). CESIÓN DE DERECHOS: Don Jhon Jairo Gómez Diaz, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos la sociedad precitada a doña Sandra Milena Sánchez Marín, quien compra, acepta y adquiere para sí tales derechos en la suma de $2.000.000 ya pagados de la forma indicada en escritura extractada. Como consecuencia de la cesión señalada se retira de la sociedad Jhon Jairo Gómez Díaz, quien por una parte y por la otra parte, la sociedad como tal, conjuntamente con la socia que permanece en ella, se otorgan el más amplio, total e irrevocable finiquito en relación con los derechos y obligaciones derivados del contrato social, y expresan que nada se adeudan por concepto alguno; DOS). TRANSFORMACIÓN: Habiéndose reunido en manos de doña Sandra Milena Sánchez Marín, el 100% de los derechos, acciones u cuotas de interés social de la sociedad singularizada en la cláusula primera de este instrumento y conforme a lo previsto en el artículo catorce de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, doña Sandra Sánchez Marín, viene en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una Sociedad por Acciones, establecida en el Párrafo Ocho, Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, en los términos y conforme lo autoriza el citado artículo catorce de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, en adelante COMERCIALIZADORA, EXPORTADORA E IMPORTADORA EDMY SpA y la cual se regirá por el Estatuto Social que se extracta a continuación: Nombre: El nombre de la sociedad será COMERCIALIZADORA, EXPORTADORA E IMPORTADORA EDMY SpA; Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; Objeto: a) Importar, exportar comprar, vender o distribuir y representar por cuenta propia o ajena, comercializar por cuenta propia o ajena toda clase de artículos de joyería de oro, plata, piedras preciosas, semi preciosas, cristalería y toda clase accesorio en fantasía ; b) Realizar negocios inmobiliarios, compra venta por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes raíces y en general ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que tengan directa o indirecta relación con los giros anteriores; Duración: Indefinida a contar de esta fecha; Capital: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas por doña Sandra Milena Sánchez Marín e ingresado a la caja social, de la forma indicada en escritura extractada; Administración: La sociedad será administrada por doña Sandra Milena Sánchez Marín, ya individualizada, en calidad de Gerente de la sociedad y dotada de amplias facultades de administración, indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones pactadas constan escritura extractada. Santiago, 16 de marzo de 2022.-