CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA RJC LIMITADA

CVE 2100378
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de enero de 2022

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2022
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública 20/01/2022, otorgada Notario Suplente CAROLINA ANDREA URRIOLA RAMOS, RODRIGO ANDRES SEGOVIA CEJAS; y ENA IVONNE CEJAS ALDAY, ambos José Vallejos 3207, Comuna de Alto Hospicio, de paso en ésta; constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada, razón social IMPORTADORA Y EXPORTADORA RJC LIMITADA, nombre de fantasía RJC LTDA.. Objeto sociedad importación, exportación, representación, comercialización, compraventa, intermediación y consolidación de todo tipo de vehículos, maquinarias, repuestos, piezas y partes de los mismos; representación de firmas nacionales o extranjeras; y, toda otra actividad que los socios acordaren estén directa, indirecta o no relacionadas con las actividades antes relacionadas. Asimismo, podrá actuar bajo el amparo de los Sistemas de Zona Franca y/o cualquier otro régimen de excepción aduanera que se encuentre dentro del país o fuera de él. Administración sociedad y uso razón social corresponderá a RODRIGO ANDRES SEGOVIA CEJAS, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará y obligará con las más amplias facultades. Capital social $6.000.000.- socios aportan y enteran siguiente forma: RODRIGO ANDRES SEGOVIA CEJAS, $5.940.000.- paga este acto, dinero efectivo, ingresa caja social, aporte representativo 99% capital social; y, ENA IVONNE CEJAS ALDAY, $60.000.- este acto, dinero efectivo, ingresa caja social, aporte representativo 1% capital social. Domicilio Iquique. Duración 5 años renovables períodos iguales. Demás estipulaciones contrato extractado. Iquique, 16 de Febrero del 2022.