Instrumento
- Fecha
- 7 de marzo de 2022
- Repertorio
- 4700-2022
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) la inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, pagarés, letras de créditos, cuotas en fondos mutuos, depósitos a plazo u otros instrumentos mercantiles y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y en general en el desarrollo de inversiones de cualquiera naturaleza; b) desarrollar cualquier tipo de actividades comerciales y prestar todo tipo de servicios; y, c) en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, certifica que, según escritura pública de fecha 7 de marzo de 2022 repertorio N° 4700-2022, ante mí: Héctor Luis Felipe Sandoval Precht y Eliana María Santibáñez Viani, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Sandos SpA”; Objeto social: a) la inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, pagarés, letras de créditos, cuotas en fondos mutuos, depósitos a plazo u otros instrumentos mercantiles y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y en general en el desarrollo de inversiones de cualquiera naturaleza; b) desarrollar cualquier tipo de actividades comerciales y prestar todo tipo de servicios; y, c) en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social; Capital: $1.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de marzo de 2022.