KINROSS MINERA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2022
- Repertorio
- 270-2022
- Comuna
- Copiapó
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Nehme Carpanetti, abogado, domiciliado en calle Libertador Bernardo O’Higgins Nº744, Notario Titular de la Primera Notaría de Copiapó, certifica: Bajo repertorio N°270-2022 y con fecha 1 de febrero de 2022, se otorgó escritura pública de modificación de estatutos, en virtud de la cual, doña Ximena María Laura Matas Quilodrán, chilena, divorciada, abogado, cédula nacional de identidad número 9.441.878-K, y don Rodrigo Yerko Moscoso Restovic, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número 15.323.707-7, ambos en representación, de KG CHILE (NETHERLANDS) B.V., sociedad constituida al amparo de la legislación holandesa, Rol Único Tributario número 59.242.750-8, y de KG LATIN AMERICA B.V., sociedad constituida al amparo de la legislación holandesa, Rol Único Tributario número 59.242.760-5, y, doña Ximena María Laura Matas Quilodrán, individualizada anteriormente, en representación de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA, sociedad debidamente constituida según las leyes de la República de Chile, Rol Único Tributario número 76.038.806-8; todos domiciliados, para estos efectos, en Los Carrera número 6.651, comuna y ciudad de Copiapó, Chile, acordaron modificar la sociedad KINROSS MINERA CHILE LIMITADA, Rut N° 77.896.930-0, (en adelante la “Sociedad”), -inscrita a fojas 33.483 número 22.968 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2008- en el sentido de modificar la cláusula segunda de los estatutos sociales, referida al objeto social, sustituyendo íntegramente su texto, por lo que la Sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios de apoyo a la minería, ejecutando toda clase de apoyo a servicios mineros tales como de drilling, proveer personal temporal, arriendo de bienes muebles e inmuebles, como también tangibles e intangibles, además de prestar servicios de gestión administrativa en las áreas de finanzas, contabilidad, informáticas, gestión de proyectos mineros, legales, medioambientales, aduaneros tributarios, entre otros, con el objeto de apoyar a empresas tanto relacionadas en términos patrimoniales o a empresas con operación conjunta con otros grupos económicos, como también a empresas no relacionadas sin ningún vínculo patrimonial o económico, y en general, pudiendo efectuar todo tipo de prestaciones que correspondan a una agencia de negocios establecida en el numeral séptimo del artículo tercero del Código de Comercio, como asimismo todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados que tengan relación con los fines sociales. En consecuencia, se sustituyó el artículo segundo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Segundo: La Sociedad tendrá por objeto prestación de todo tipo de servicios de apoyo a la minería, ejecutando toda clase de apoyo a servicios mineros tales como de drilling, proveer personal temporal, arriendo de bienes muebles e inmuebles, como también tangibles e intangibles, además de prestar servicios de gestión administrativa en las áreas de finanzas, contabilidad, informáticas, gestión de proyectos mineros, legales, medioambientales, aduaneros tributarios, entre otros, con el objeto de apoyar a empresas tanto relacionadas en términos patrimoniales o a empresas con operación conjunta con otros grupos económicos, como también a empresas no relacionadas sin ningún vínculo patrimonial o económico, y en general, pudiendo efectuar todo tipo de prestaciones que correspondan a una agencia de negocios establecida en el numeral séptimo del artículo tercero del Código de Comercio, como asimismo todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados que tengan relación con los fines sociales.” En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 01 de febrero de 2022.