Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2022
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la comuna de Peumo , Sexta Región, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, la ejecución, producción, gestión, administración, desarrollo, asesoría, capacitación, diseño, comercialización, explotación de toda clase de negocios o actividades relacionados: a) Con el área del trasporte de pasajeros urbano e interurbano vía autobús, buses u otro medio idóneo para tales fines. carga y maquinaria pesada; b) Transporte de carga y)o encomiendas de todo tipo de clases. c) Servicio de transporte de trabajadores; d) formar parte de otras sociedades, tengan o no relación con el objeto social, pudiendo asumir su representación legal. La sociedad podrá, comprar, vender, elaborar, distribuir, representar, comercializar, permutar, importar, exportar, consignar, arrendar, leasing, toda clase de bienes materiales e inmateriales muebles o inmuebles relacionados con el objeto social, por cuenta propia o de tercero, e) Logística, forwarding, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga terrestre, nacional e internacional ya sea con camiones propios o arrendados, consolidación y desconsolidación de carga; y f) La representación comercial de marcas nacionales e internacionales o cualquier otro que tenga relación con el giro anterior. Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El Accionista doña AMADA IRENE OLGUIN RIVERA, aporta en dominio al capital social la suma de $1.000.000 al contado en dinero efectivo, moneda nacional de curso legal que el capital social declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- El aporte total del accionista se avalúa en $1.000.000, lo que representa 1.000 acciones del capital a razón de $1.000 cada acción, las que se declararan suscritas y pagadas en este mismo acto, en dinero en efectivo
Administración
La sociedad será administrada por doña AMADA IRENE OLGUIN RIVERA. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Para todos los efectos, el Administrador o Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública.- El Administrador o Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la Sociedad, se encontrará investido de las facultades que, a modo meramente ejemplar y sin que constituyan limitación, se enumeran en el Artículo DUODÉCIMO de la escritura de constitución social.- BALANCE Y UTILIDADES: Al 31 de Diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la Sociedad. El Gerente General pondrá en el domicilio social a disposición de los accionistas una memoria acerca de la situación de la Sociedad en el último ejercicio, acompañada del balance general, del estado de ganancias y pérdidas y del informe que al respecto presenten los inspectores de cuentas o auditores externos.- El administrador decidirá que parte o proporción de las utilidades se distribuirán anualmente entre los accionistas, de las utilidades líquidas del respectivo ejercicio.-DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La Sociedad se disolverá por acuerdo de Junta de Accionistas, por sentencia judicial ejecutoriada y por las demás causales establecidas por la ley. No obstante, la sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO ANDRES PARDO KUSCHEL, abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces de Comercio y Minas, de las comunas de Peumo y Las Cabras, con domicilio en esta ciudad, en calle Vicuña Mackenna ochenta, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada ante mi ante mí, hoy, doña AMADA IRENE OLGUIN RIVERA, chilena, casada amparada bajo el articulo ciento cincuenta del Código Civil, transportista, cédula de identidad número diez millones ochocientos setenta y ocho mil ochocientos dos guion K, domiciliado en calle España número ciento veintidós , Comuna de Peumo, constituye sociedad por acciones, ““AGROVET SpA”, Domicilio: Su domicilio será la comuna de Peumo , Sexta Región, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Su duración será indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, la ejecución, producción, gestión, administración, desarrollo, asesoría, capacitación, diseño, comercialización, explotación de toda clase de negocios o actividades relacionados: a) Con el área del trasporte de pasajeros urbano e interurbano vía autobús, buses u otro medio idóneo para tales fines. carga y maquinaria pesada; b) Transporte de carga y/o encomiendas de todo tipo de clases. c) Servicio de transporte de trabajadores; d) formar parte de otras sociedades, tengan o no relación con el objeto social, pudiendo asumir su representación legal. La sociedad podrá, comprar, vender, elaborar, distribuir, representar, comercializar, permutar, importar, exportar, consignar, arrendar, leasing, toda clase de bienes materiales e inmateriales muebles o inmuebles relacionados con el objeto social, por cuenta propia o de tercero, e) Logística, forwarding, distribución, almacenamiento, mudanzas, embalajes, bodegaje y transporte de carga terrestre, nacional e internacional ya sea con camiones propios o arrendados, consolidación y desconsolidación de carga; y f) La representación comercial de marcas nacionales e internacionales o cualquier otro que tenga relación con el giro anterior. Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El Accionista doña AMADA IRENE OLGUIN RIVERA, aporta en dominio al capital social la suma de $1.000.000 al contado en dinero efectivo, moneda nacional de curso legal que el capital social declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- El aporte total del accionista se avalúa en $1.000.000, lo que representa 1.000 acciones del capital a razón de $1.000 cada acción, las que se declararan suscritas y pagadas en este mismo acto, en dinero en efectivo.- ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por doña AMADA IRENE OLGUIN RIVERA. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Para todos los efectos, el Administrador o Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública.- El Administrador o Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la Sociedad, se encontrará investido de las facultades que, a modo meramente ejemplar y sin que constituyan limitación, se enumeran en el Artículo DUODÉCIMO de la escritura de constitución social.- BALANCE Y UTILIDADES: Al 31 de Diciembre de cada año se practicará un balance general de las operaciones de la Sociedad. El Gerente General pondrá en el domicilio social a disposición de los accionistas una memoria acerca de la situación de la Sociedad en el último ejercicio, acompañada del balance general, del estado de ganancias y pérdidas y del informe que al respecto presenten los inspectores de cuentas o auditores externos.- El administrador decidirá que parte o proporción de las utilidades se distribuirán anualmente entre los accionistas, de las utilidades líquidas del respectivo ejercicio.-DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La Sociedad se disolverá por acuerdo de Junta de Accionistas, por sentencia judicial ejecutoriada y por las demás causales establecidas por la ley. No obstante, la sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. Demás estipulaciones constan en escritura de constitución.- Peumo , 21 de Febrero de 2022.-