SOCIEDAD DE INVERSIONES LAGUNA TURQUESA SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2022
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.334 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La Sociedad será administrada por doña BERNARDITA FIGUEROA EYZAGUIRRE y don CHRISTIAN JAVIER JARAQUEMADA GIMENO, quienes podrán actuar de forma conjunta o separadamente, indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público de la 41 Notaría Santiago, ubicada en Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica que por escritura pública de hoy, ante mí, comparecen: Uno) La sociedad “INVERSONES INMOBILIARIA Y RENTAS LAGUNA DEL INCA SpA”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos noventa y seis guion siete, y Dos) La sociedad “INVERSIONES INMOBILIARIA Y RENTAS LAGUNA LOS MILOS SpA”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve guion cuatro, ambas con domicilio en Dr. Barros Borgoño setenta y uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana; quienes constituyen una sociedad por acciones, de acuerdo a los preceptos del Párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, y de forma preponderante por los estatutos que se indican a continuación y que se encuentran en la escritura extractada: Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES LAGUNA TURQUESA SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en cualquier forma y a cualquier título en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en particular la compraventa, permuta, arrendamiento y, en general, la comercialización a cualquier título de dichos bienes y de derechos constituidos en ellos, como también la participación como socia o accionista en toda clase de sociedades, y la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para alcanzar el objeto antes señalado; b) Adquirir, enajenar, permutar, efectuar operaciones de leasing, urbanizar, lotear, construir, remodelar, alhajar, dar y tomar en arriendo, subarriendo u otra forma de explotación, así como, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes inmuebles, sean propios o ajenos; c) Construir en ellos edificios, departamentos, habitaciones, salones, estacionamientos, viviendas, bodegas y en general, realizar toda clase de edificaciones, por cuenta propia o de terceros; d) Comercializar y explotar los inmuebles en cualquier forma incluyendo el arrendamiento de unidades habitacionales y de estacionamientos; e) Compra y/o alquiler de todo tipo de maquinarias y equipos para la construcción y movimientos de tierras; f) Compra y/o alquiler de todo equipo de transporte, camiones, carros, ramplas, vehículos cuatro por cuatro y de automóviles en general; g) Administración de edificios y condominios; h) Construcción en general; i) Producción de eventos masivos, tasación, subasta y remates; j) Exportaciones e importaciones del rubro; y k) Otros vinculados directa o indirectamente con el giro social informado. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en diez mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, las que se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: a) La sociedad “INVERSONES INMOBILIARIA Y RENTAS LAGUNA DEL INCA SpA, suscribió 6.670 acciones, equivalente a la suma de $1.334.000 del capital social, las que se pagarán dentro del plazo de dos años a contar de la fecha de la escritura de constitución de esta sociedad; y Dos. La sociedad “INVERSIONES INMOBILIARIA Y RENTAS LAGUNA LOS MILOS SpA”, suscribió 3.330 acciones, equivalente a la suma de $666.000 del capital social, las que se pagarán dentro del plazo de dos años a contar de la fecha de la escritura de constitución de esta sociedad. Administración: La Sociedad será administrada por doña BERNARDITA FIGUEROA EYZAGUIRRE y don CHRISTIAN JAVIER JARAQUEMADA GIMENO, quienes podrán actuar de forma conjunta o separadamente, indistintamente. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 25 Febrero 2022. Félix Jara Cadot. N.P.