SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA EL CEIBO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2006
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público de la 41 Notaría de Santiago, ubicada en Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, JULIO MAURICIO ARIS FORES, domiciliado en Marga – Marga sin número, Alto El Yugo, Quilpué, Región de Valparaíso, de paso en esta; RODRIGO ARIS FORES, domiciliado en Marga - Marga sin número, Alto El Yugo, Quilpué, Región de Valparaíso, de paso en esta; MARCELO ARIS FORES, domicilio en Los Acacios número dos mil cuatrocientos noventa y siete, Miraflores, Viña del Mar, Región de Valparaíso, de paso en esta; y LORENZO ARIS FORES, domicilio en Camilo Henríquez número doscientos veintiocho, Quilpué, Región de Valparaíso, de paso en esta; modificaron la SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA EL CEIBO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 12 de septiembre del año 2006, inscrita a Fojas 187, bajo el Número 164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué correspondiente al año 2006, modificación consistente en: PRIMERO. Dar cuenta del pago de parte del capital social, efectuado con anterioridad a la fecha de la escritura pública que se extracta, conforme el siguiente detalle: a) En diciembre de 2015, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $62.500.000; b) En abril de 2016, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $25.000.000; c) En junio de 2016, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $25.000.000; d) En agosto de 2016, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $45.000.000; e) En noviembre de 2016, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $25.000.000; f) En marzo de 2016, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $100.000.000; y g) En enero de 2018, Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores pagaron, cada uno de ellos de manera independiente, al contado y en dinero en efectivo, la suma de $25.000.000. De este modo, conforme lo señalado anteriormente, los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, declaran que, a la fecha del instrumento que se extracta, del capital social, ascendente a la suma de $6.000.000.000, se encuentra pagada la cantidad de $4.460.000.000, encontrándose pendiente de pago la suma de $1.540.000.000, cantidad que debe ser enterada por los socios en iguales proporciones cada uno, esto es, la suma de $385.000.000. SEGUNDO. Extensión del plazo para enterar el capital pendiente de pago. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, de común acuerdo, extienden el plazo para enterar el capital pendiente de pago en el plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura que se extracta. TERCERO. Pagar parte del capital pendiente de pago, según el siguiente detalle: A. Julio Mauricio Aris Fores, la suma de $185.417.200, cantidad que pago mediante el aporte en dominio de una serie de inmuebles. B. Rodrigo Aris Fores, la suma de $33.538.500, cantidad que pago mediante el aporte en dominio de una serie de inmuebles. C. Marcelo Aris Fores, la suma de $23.816.500, cantidad que pago mediante el aporte en dominio de una serie de inmuebles. D. Lorenzo Aris Fores, la suma de $23.816.500, cantidad que pago mediante el aporte en dominio de una serie de inmuebles. De acuerdo a lo anterior, del capital pendiente de pago, ascendente a la suma de $1.540.000.000, se pagan, mediante el aporte en dominio de inmuebles, la suma de $266.588.700. Los comparecientes, que representan el 100% de los derechos sociales de la entidad, declaran expresamente que aceptan en todas sus partes el pago de capital efectuado por Julio Mauricio Aris Fores, Rodrigo Aris Fores, Marcelo Aris Fores y Lorenzo Aris Fores, mediante el aporte en dominio de inmuebles. Asimismo, declaran y aceptan la avaluación del aporte en dominio. CUARTO. Conforme lo señalado precedentemente, se modifica el Artículo Cuarto de los Estatutos Societarios, en el siguiente sentido: “Artículo Cuarto. El capital social es la suma de $6.000.000.000, íntegramente suscrito por los socios como a continuación se indica: a) Julio Mauricio Aris Fores, la suma de $1.500.000.000, equivalentes al 25% del capital social, de los cuales se encuentran pagados la suma de $1.300.417.200, encontrándose pendiente de pago la suma de $199.582.800, cantidad que deberá ser enterada dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura que se extracta; b) Rodrigo Aris Fores, la suma de $1.500.000.000, equivalentes al 25% del capital social, de los cuales se encuentran pagados la suma de $1.148.538.500, encontrándose pendiente de pago la suma de $351.461.500, cantidad que deberá ser enterada dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de escritura extractada; c) Marcelo Aris Fores, la suma de $1.500.000.000, equivalentes al 25% del capital social, de los cuales se encuentran pagados la suma de $1.138.816.500, encontrándose pendiente de pago la suma de $361.183.500, cantidad que deberá ser enterada dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada; y d) Lorenzo Aris Fores, la suma de $1.500.000.000, equivalentes al 25% del capital social, de los cuales se encuentran pagados la suma de $1.138.816.500, encontrándose pendiente de pago la suma de $361.183.500, cantidad que deberá ser enterada dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada”. Demás estipulaciones no son materia de extracto. En todo lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2022. FELIX JARA CADOT. N.P.