LLA Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2022
- Repertorio
- 1970/2022
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a) La inversión y realización de negocios de cualquier naturaleza; la compra, venta, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, especialmente acciones de sociedades anónimas y de derechos en sociedades de personas siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas más adelante en el presente Artículo Cuarto, así como arrendarlos, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos; /b) La constitución y participación en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier tipo, naturaleza u objeto, corporaciones, joint ventures, fondos de inversión y organizaciones en general, así como ingresar a las ya existentes, y participar en licitaciones públicas o privadas de cualquier naturaleza, siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas más adelante en el presente Artículo Cuarto; c) El desarrollo, instalación, mantenimiento, comercialización, operación y explotación, directa o indirecta, de toda clase de servicios de telecomunicaciones, para la transmisión de audio, vídeo, datos, voz e imágenes, por medios físicos, ópticos, electromagnéticos o satelitales; d) La prestación de servicios de edición, programación, difusión y comercialización de cualquier tipo de información; /e) La prestación de servicios de publicidad comercial y)o marketing, ya sea por medios televisivos, auditivos o impresos; y /f) La prestación de toda clase de servicios administrativos, financieros, comerciales y operativos, directa e indirectamente, así como la realización de cualquier otra actividad, incluyendo la celebración de toda clase de actos y contratos, que resulten necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines sociales.”. Tres/ Modificar la administración y uso de la razón social de la Sociedad, reemplazando el Artículo Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO
Administración
La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Liberty Iberoamérica, S.L. /en adelante, el “Administrador”/, el que las ejercerá actuando a través de los representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por escritura pública. Al Administrador le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los Estatutos no establezcan como privativas de la junta de
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| W NETWORKS CHILE SpA | socio | 76780474-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2022, otorgada ante Gustavo Montero Martí, Notario Público Suplente de ésta Notaría, bajo repertorio N°1.970/2022, Liberty Iberoamérica, S.L., Rol Único Tributario N°59.311.060-5, domiciliada para estos efectos en Miraflores N°222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en calidad de único y actual accionista de la sociedad por acciones C&W NETWORKS CHILE SpA, Rol Único Tributario N°76.780.474-1 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 65.132, número 35.108 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordó modificar los estatutos de la Sociedad en los siguiente términos: Uno/ Modificar el actual nombre de la Sociedad “C&W Networks Chile SpA”, pasando a denominarse “LLA Chile SpA”, reemplazando de esta forma el Artículo Primero de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO. Nombre. El nombre de la sociedad por acciones es “LLA Chile SpA” /en adelante, la “Sociedad”/”. Dos/ Modificar el objeto de la Sociedad, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, las que podrá llevar a cabo directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ La inversión y realización de negocios de cualquier naturaleza; la compra, venta, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, especialmente acciones de sociedades anónimas y de derechos en sociedades de personas siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas más adelante en el presente Artículo Cuarto, así como arrendarlos, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos; /b/ La constitución y participación en sociedades, asociaciones y comunidades de cualquier tipo, naturaleza u objeto, corporaciones, joint ventures, fondos de inversión y organizaciones en general, así como ingresar a las ya existentes, y participar en licitaciones públicas o privadas de cualquier naturaleza, siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas más adelante en el presente Artículo Cuarto; c) El desarrollo, instalación, mantenimiento, comercialización, operación y explotación, directa o indirecta, de toda clase de servicios de telecomunicaciones, para la transmisión de audio, vídeo, datos, voz e imágenes, por medios físicos, ópticos, electromagnéticos o satelitales; d) La prestación de servicios de edición, programación, difusión y comercialización de cualquier tipo de información; /e/ La prestación de servicios de publicidad comercial y/o marketing, ya sea por medios televisivos, auditivos o impresos; y /f/ La prestación de toda clase de servicios administrativos, financieros, comerciales y operativos, directa e indirectamente, así como la realización de cualquier otra actividad, incluyendo la celebración de toda clase de actos y contratos, que resulten necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines sociales.”. Tres/ Modificar la administración y uso de la razón social de la Sociedad, reemplazando el Artículo Séptimo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO. Administración y Uso de la Razón Social. La representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Liberty Iberoamérica, S.L. /en adelante, el “Administrador”/, el que las ejercerá actuando a través de los representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por escritura pública. Al Administrador le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los Estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas. El Administrador podrá ser revocado por los accionistas que representen más de dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad. El Administrador permanecerá en su cargo mientras su designación no sea revocada por la junta de accionistas. De toda designación posterior de Administrador se deberá tomar nota al margen de la inscripción del extracto de la escritura pública de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo. El Administrador podrá o no ser remunerado por sus funciones según se determine en el acto de su designación o por la junta de accionistas de la Sociedad y podrá recibir remuneraciones o asignaciones por funciones o empleos distintos del ejercicio de su cargo, sean de carácter permanente o accidental. Las funciones y responsabilidades del Administrador serán equivalentes a las de un directorio de sociedad anónima. El Administrador podrá también delegar sus facultades.”. Cuatro/ Se acordó modificar el estado de suscripción y pago del capital de la Sociedad, reemplazando el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de siete millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie. Las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. Cinco/Se acordó realizar otras modificaciones a los estatutos de la Sociedad que no son materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público, 48° Notaría de Santiago. Santiago, 4 de marzo de 2022.