MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DALMAZO E HIJO SpA

RUT 76807638-3 CVE 2097911
Fecha instrumento
21 de febrero de 2022

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2022
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas Titular

Sociedad

Domicilio
CONCEPCIÓN

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, con facultades indicadas en cláusula quinta estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas Titular, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 21 de febrero del año 2022, otorgada en este oficio notarial, ante el notario suplente don Jaime Trujillo Espinoza, don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos ochenta mil quinientos setenta y cinco guión tres, domiciliado en avenida Los Ríos número trescientos sesenta y ocho, comuna de Laja, y don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veintiún mil trescientos setenta y siete guión dos, domiciliado para estos efectos en calle Michimalonco número sesenta y cinco, comuna de Concepción; modificaron y transformaron la Sociedad Por Acciones denominada “DALMAZO E HIJO SpA”, constituida por escritura pública de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil veinte, otorgada en la Notaría de Talcahuano de don Gastón Ariel Santibañez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas mil novecientos ochenta, número mil quinientos diecinueve, en el Registro de Comercio del año dos mil veinte, del Conservador de Bienes Raíces de CONCEPCIÓN, y se publicó en el Diario Oficial de fecha cuatro de diciembre del año dos mil veinte, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochocientos siete mil seiscientos treinta y ocho guión tres; y cuyo capital social actual es la suma de veinte millones de pesos.- Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha cinco de febrero de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaría de Talcahuano de don Gastón Ariel Santibañez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES VUELTA, número DOSCIENTOS VEINTICINCO, en el Registro de Comercio del año dos mil veintiuno, del Conservador de Bienes Raíces de CONCEPCIÓN, y se publicó en el Diario Oficial de fecha diez de febrero del año dos mil veintiuno.- Por la escritura que se extracta, los comparecientes modifican y transforman la Sociedad Por Acciones denominada “DALMAZO E HIJO SpA”, en los siguientes términos: A) MODIFICACIÓN: -Compraventa de acciones e ingreso de nuevo accionista: Don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, quien compra, acepta y adquiere para sí, setenta acciones que a don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ le corresponden en la sociedad por acciones “DALMAZO E HIJO SpA”.- Se entienden incorporados en esta compraventa, todos los contratos, derechos y cualquiera otro compromiso que la Sociedad Por Acciones “DALMAZO E HIJO SpA”, pudiere tener vigente a esta fecha.- El precio de la cesión de las setenta acciones, es la suma única y total de catorce millones de pesos, precio que don JUAN PABLO PEZO DALMAZO paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ haber recibido dicha suma de dinero a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al respecto.- Por efecto de la cesión de acciones antes referida, se modifica la Sociedad Por Acciones “DALMAZO E HIJO SpA, ingresando a ella don JUAN PABLO PEZO DALMAZO. De esta manera, en adelante, BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ, titular de treinta acciones, y JUAN PABLO PEZO DALMAZO, titular de setenta acciones, son los únicos accionistas y titulares de las cien acciones que equivale al cien por ciento de las acciones de la Sociedad Por Acciones “DALMAZO E HIJO SpA”.- B) TRANSFORMACIÓN: Don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ y don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, únicos accionistas y titulares de las cien acciones que equivale al cien por ciento de las acciones de la Sociedad Por Acciones “DALMAZO E HIJO SpA”, acuerdan transformar la Sociedad Por Acciones “DALMAZO E HIJO SpA”, en una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se regirá por los siguientes estatutos, y cuya razón social será: “DALMAZO E HIJO LIMITADA”.- Socios: BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos ochenta mil quinientos setenta y cinco guión tres, domiciliado en avenida Los Ríos número trescientos sesenta y ocho, comuna de Laja, y don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veintiún mil trescientos setenta y siete guión dos, domiciliado para estos efectos en calle Michimalonco número sesenta y cinco, comuna de Concepción. El giro u objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: A) La prestación de servicios forestales, comprendiendo la preparación de predios, propios o ajenos, para la plantación de bosques de diversas especies, su reforestación, manejo y explotación de los mismos; la elaboración, producción, compra, venta, importación, exportación y comercialización en todas sus formas de todo tipo de productos y subproductos obtenidos de la ejecución del giro forestal, tales como maderas aserradas y aserrables, rollizos, astillas, maderas elaboradas, leña y sus desechos, entre otros; la compra, venta, arriendo, importación y exportación de maquinarias, insumos y toda clase de bienes corporales e incorporales muebles destinados a cumplir con los giros señalados; la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión temporal o cualquier otra forma de explotación de predios forestales destinados a cumplir con los giros señalados; la administración en nombre de terceros de predios en que se realizan actividades forestales; la prestación de asesorías profesionales en materias forestales a personas naturales y jurídicas. B) La adquisición, importación, exportación, enajenación, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión temporal o cualquier otra forma de explotación, comercialización y representación de maquinarias agrícolas y forestales, camiones, camionetas y vehículos en general, y de todo tipo de herramientas, repuestos, motores, partes, piezas, accesorios, lubricantes y combustibles. C) La extracción, procesamiento, distribución, transporte, venta y comercialización de áridos para la construcción, la excavación y movimiento de tierras, el retiro de escombros y el arriendo de maquinarias de movimiento de tierra. D) El servicio de transporte, por cuenta propia o ajena, dentro y fuera del país, de todo tipo de carga, mercadería y bienes de toda clase, ya sea en vehículos propios o de terceros, tanto por vía terrestre como por vía aérea, marítima, lacustre o fluvial, incluyendo las diligencias relacionadas con dicha actividad, tales como el embalaje, las gestiones portuarias, aduaneras y toda la logística relacionada con dichas actividades. E) La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización e intermediación, al por mayor o al detalle, de todo tipo de abarrotes y productos alimenticios, productos agrícolas, frutos del país; de alimentos, utensilios y accesorios para animales y mascotas; y de artículos de decoración y mobiliario para el hogar y otros similares. F) La prestación de servicios de banquetería para bodas, bautizos, cumpleaños u otras celebraciones, para cuyo efecto podrá adquirir, importar, distribuir, fabricar, producir, envasar y comercializar productos tales como panes en sus amplias variedades, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, empanadas, bebidas de fantasía, masas dulces y/o saladas. G) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, así como cualquier otra actividad relacionada con el rubro inmobiliario; la compra y venta de materiales de construcción e insumos que se requieran para la actividad de la construcción; la explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la explotación turística de centros de recreación, cabañas, moteles, hoteles, bares, restaurantes y establecimientos similares, sean propios o ajenos. H) La prestación de servicios audiovisuales, de marketing publicitario y comunicacionales, en las diversas ramas de la publicidad, tradicional o en la web, sea que se presten en forma individual y/o grupal, en forma directa o indirecta, personalmente o por profesionales contratados al efecto, sea a personas naturales o jurídicas, a instituciones públicas o privadas; la producción, creación, organización y desarrollo de estrategias de marketing; la producción, planificación, dirección, desarrollo y ejecución de eventos o campañas publicitarias y de eventos sociales de toda clase; la realización por cuenta propia o ajena de toda clase de trabajos audiovisuales y de asesorías comunicacionales; la compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes destinados a la publicidad, las comunicaciones, el marketing y el área audiovisual; la representación de empresas de publicidad, de comunicación, de marketing y audiovisuales sean nacionales o extranjeras. I) La compra, venta, importación, exportación, arrendamiento, distribución, comercialización e intermediación, al por mayor o al detalle, de artículos de ferretería y materiales de construcción; y cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con los objetos anteriores.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, con facultades indicadas en cláusula quinta estatutos sociales.- Capital: veinte millones de pesos, que los socios don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ y don JUAN PABLO PEZO DALMAZO, aportan de la siguiente manera: Con la suma de veinte millones de pesos, que corresponde al capital de la sociedad por acciones transformada, y que ha sido aportado y pagado por los socios en la forma señalada en la cláusula segunda de la escritura de modificación social, equivalente al cien por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado.- Responsabilidad socios queda limitada al monto de sus aportes. Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: -En un treinta por ciento para don BRAULIO DE DIOS FREIRE SÁEZ, y -En un setenta por ciento para don JUAN PABLO PEZO DALMAZO.- Domicilio: CONCEPCIÓN, sin perjuicio de que los socios puedan acordar instalar agencias, filiales o sucursales de la sociedad en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración de la sociedad: .- La sociedad rige a contar de la fecha de la escritura constitutiva y durará dos años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.Talcahuano, 09 de marzo del año 2022.