MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES WALDRON Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76167033-6 CVE 2097534
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
24 de febrero de 2022

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2022
Repertorio
1800
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$4.000 CLP

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, separada e indistintamente, a don JAVIER IGNACIO WALDRON ARENTSEN y don CARLOS ROBERTO GALLEGOS JACCARD ya individualizados, quienes obrando de esta manera y anteponiendo su o sus firmas a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y conforme a lo señalado en la escritura.- II) Reemplazo de la cláusula decimo primera por la siguiente: En caso de fallecimiento de alguno de los socios o término de las personas jurídicas que sean socias, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, tratándose de una persona jurídica por la comisión liquidadora, quienes deberán nombrar un mandatario común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administración ni podrán hacer

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins Nº528, certifico: Por escritura pública con fecha de 24 febrero de 2022, ante mí, rep.N°709, don JAVIER IGNACIO WALDRON ARENTSEN, chileno, bioquímico, casado y separado totalmente de bienes, CNI 15.184.662-9, por sí y en representación, de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES, COMERCIAL E INMOBILIARIA JAVIER WALDRON ARENTSEN LIMITADA”, RUT 76.241.337-k, ambos con domicilio en Rengo 175, oficina 2A, Concepción; y don CARLOS ROBERTO GALLEGOS JACCARD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil químico, CNI 15.180.575-2, por sí y en representación, de la sociedad “INVERSIONES, COMERCIAL E INMOBILIARIA CARIMAG SpA.”, RUT 77.183.898-7, ambos con domicilio en Rengo 175, oficina 2A, Concepción; celebraron Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad "“INVERSIONES WALDRON Y COMPAÑIA LIMITADA”", constituida por escritura pública de 13 de agosto de 2011, repertorio 1800, en la Notaría de Talcahuano de don Gastón Santibáñez Torres, extracto inscrito a fojas 2096 vuelta número 1618 del Registro de Comercio año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicado en el Diario Oficial 18 de agosto del mismo año.- Modificada por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2015, repertorio 14635, en la notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, extracto fue inscrito a fojas 53 vuelta número 53 del Registro de Comercio año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicado en el Diario Oficial con fecha 4 de enero del mismo año.- Modificada por escritura pública de fecha 13 de diciembre de dos mil diecisiete, repertorio catorce mil ochocientos cincuenta, en la notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, cuyo extracto fue inscrito a fojas 2737 vuelta número 2180 del Registro de Comercio correspondiente al año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de diciembre del mismo año.- La sociedad está actualmente formada con un capital de $4.000.000 y tiene como únicos accionistas a don Javier Ignacio Waldron Arentsen, con el 50% de los derechos sociales; “Sociedad de Inversiones, Comercial e Inmobiliaria Javier Waldron Arentsen Limitada” con el 16,7% de los derechos sociales y a don Carlos Roberto Gallegos Jaccard, con el 33,3 por ciento de los derechos sociales.- El RUT de la sociedad es el N°76.167.033-6.- Por el presente instrumento don Carlos Roberto Gallegos Jaccard vende, cede y transfiere el total de sus acciones, derechos e intereses en la sociedad, equivalentes al 33,3%, a la sociedad denominada “INVERSIONES, COMERCIAL E INMOBILIARIA CARIMAG SpA.” quien debidamente representada él acepta para ella. El precio de la cesión es la suma de $90.000.000, en cuotas de acuerdo a lo señalado en la escritura, renunciando a la acción resolutoria.-Se producen las siguientes consecuencias: a) Don Carlos Roberto Gallegos Jaccard, deja de ser socio; b) Ingresa como socia la sociedad denominada “INVERSIONES, COMERCIAL E INMOBILIARIA CARIMAG SpA.”, con 33,3% de los derechos sociales; c) Mantiene su participación Javier Ignacio Waldron Arentsen, con el 50% de los derechos sociales; y d) Mantiene su participación la socia “Sociedad de Inversiones, Comercial e Inmobiliaria Javier Waldron Arentsen Limitada” con el 16,7% de los derechos sociales.- Javier Ignacio Waldron Arentsen, por sí y en representación, de la sociedad denominada “Sociedad de Inversiones, Comercial e Inmobiliaria Javier Waldron Arentsen Limitada”, aceptan la cesión de derechos y el ingreso de la nueva socia.- Modificaciones.- I) Reemplazo de la cláusula cuarta de los estatutos referente a la administración. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, separada e indistintamente, a don JAVIER IGNACIO WALDRON ARENTSEN y don CARLOS ROBERTO GALLEGOS JACCARD ya individualizados, quienes obrando de esta manera y anteponiendo su o sus firmas a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y conforme a lo señalado en la escritura.- II) Reemplazo de la cláusula decimo primera por la siguiente: En caso de fallecimiento de alguno de los socios o término de las personas jurídicas que sean socias, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, tratándose de una persona jurídica por la comisión liquidadora, quienes deberán nombrar un mandatario común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administración ni podrán hacer uso de la razón social. En caso de fallecimiento del socio administrador o incapacidad declarada judicialmente, desde esa fecha, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá, separada e indistintamente, en los socios sobrevivientes o representantes legales de las socias personas jurídicas, conforme a las facultades establecidas en la cláusula cuarta de la escritura de constitución social.- En lo no modificado por este acto, la sociedad se entiende plenamente vigente.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 04 de marzo de 2022.-