INGENIERIA CONSTRUCCION Y SERVICIOS MUÑOZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2022
- Repertorio
- 228-2022
- Notario
- RODRIGO IGNACIO IRRIBARRA SALAZAR
- Oficio
- Segunda Notaría de San Carlos
- Comuna
- San Carlos
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MILTHON MARCELO BRAVO QUIROZ | socio | 11750870-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANEAMIENTO SOCIEDAD IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FIGUEROA Y MUÑOZ SpA” “FIMUG SpA”HOY“INGENIERIA CONSTRUCCION Y SERVICIOS MUÑOZ SpA” EN SAN GREGORIO, COMUNA DE ÑIQUÉN, REPÚBLICA DE CHILE, a ocho de marzo de dos mil veintidós, ante mí, RODRIGO IGNACIO IRRIBARRA SALAZAR, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de San Carlos, según consta en Decreto Económico del Juzgado de Letras de San Carlos número ciento siete guion dos mil veintiuno, protocolizado con fecha veinticuatro de Agosto del año dos mil veintiuno bajo el Repertorio quinientos ochenta y uno, número trescientos cincuenta y tres en el Registro de Instrumentos Públicos de esta Notaría, con oficio en calle Ernesto Zúñiga esquina Estado sin número, San Gregorio, comuna de Ñiquén, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 01 de Marzo de 2022, Repertorio 228-2022, don MILTHON MARCELO BRAVO QUIROZ, chileno, Cédula Nacional de Identidad 11.750.870-6, Abogado, Divorciado, domiciliado en Calle Urrutia pasaje central número 842, de la Ciudad y Comuna de Parral, de paso en esta, en la representación de “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FIGUEROA Y MUÑOZ SpA”, Rut 76.515.636-k, en que comparece y debidamente facultado, como se señala en escritura extractada y según lo dispone la ley 19.499, en su artículo primero y siguientes, que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica código de comercio y otros cuerpos legales; viene en sanear la publicación en el Diario Oficial del extracto de la escritura celebrada con fecha veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), otorgada en la Segunda Notaría de San Carlos, ante la Notario Titular, doña Janina Lorena Rodríguez Cortés, Repertorio número seiscientos cuarenta y tres guion dos mil veinte (643-2020), en la forma que pasa a expresar: Que, Por Escritura Pública de Cesión de Acciones, Cambio de Objeto, Administrador y Facultades, celebrada con fecha veintitrés (23) de Diciembre del año dos mil veinte (2020), otorgada en la Segunda Notaría de San Carlos, ante la Notario Titular, doña Janina Lorena Rodríguez Cortés, Repertorio número seiscientos cuarenta y tres guion dos mil veinte (643-2020), y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número 42.885, de fecha diecinueve de Febrero de dos mil veintiuno, y saneada, según extracto que se inscribió a fojas 568, bajo el número 304 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó; Don BRAULIO DANIEL FIGUEROA CORNEJO, Chileno, Cédula Nacional de Identidad número trece millones novecientos cuarenta y nueve mil ochenta y siete guion ocho (13.949.087-8), Ingeniero, casado y separado totalmente de bienes, según se acreditó, parcela número veintitrés, sector la piscicultura, Los Cristales, Comuna de Curicó, Región del Maule; vendió, cedió y transfirió a don MAURICIO ANTONIO MUÑOZ GONZALEZ, Chileno, soltero, Cédula Nacional de Identidad número trece millones seiscientos dieciséis mil doscientos veintinueve guion dos (13.616.229-2), domiciliado en Calle Bosque, numero cuatrocientos noventa y ocho, de la Comuna de Parral, Región del Maule; quien compró, aceptó y adquirió para sí, cincuenta acciones que representan el total de los derechos y acciones que le corresponden o pudieren corresponderle cualquier motivo o título en “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FIGUEROA Y MUÑOZ SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos quince mil seiscientos treinta y seis guion K (76.515.636-k); junto con ello, en el mismo instrumento se introdujeron las modificaciones a los estatutos sociales especificados en la Clausula Séptima de dicha escritura.- Posterior a ello, se modificó la ya mencionada Sociedad respecto de su Artículo Primero del estatuto social, relativo al nombre o Razón social y domicilio, sustituyendo la firma social “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA FIGUEROA Y MUÑOZ SpA”, por el de “INGENIERIA CONSTRUCCION Y SERVICIOS SpA”, junto con ello, se modificó el nombre de fantasía “FIMUG SpA”, que podía usar, indistintamente, para todos los efectos legales, para fines de publicidad, para actuar ante entidades bancarias o financieras o administrativas u organismos públicos, por el de “EINCOSER SpA”; sumado a esto, en el mismo instrumento, se modifico el domicilio de la Sociedad el cual estaba establecido en la ciudad de Curicó, por lo que se estableció como nuevo domicilio en Parcela Uno, Hijuela número Uno, Lote Veintitrés guion uno, sector El Salto, de la ciudad y comuna de Parral, según extracto que se inscribió a fojas 837, bajo el número 436 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó; tal como consta en Reinscripción de Sociedad inscrita a fojas 5 numero 2 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Parral correspondiente al año 2022.- Es por ello, que, Debido a un error involuntario en escritura publica de saneamiento de fecha 09 de Junio de 2021, ante la Notario Público titular de la Segunda Notaria de San Carlos, repertorio numero 369-2021, y cuyo extracto fue publicado con fecha 11 de junio de 2021, en su edición numero 42.976, sólo se subsano el vicio del ingreso fuera del plazo legal de la escritura de modificación repertorio número 643-2020 de la Segunda Notaría de San Carlos y no así su respectiva Publicación del extracto de dicha escritura edición número 42.885 de fecha 19 de febrero de 2021 en el Diario Oficial.- Por el presente instrumento don Milthon Marcelo Bravo Quiroz viene en subsanar el referido vicio, declarando que las estipulaciones de la escritura y publicación referida en la Clausula Primera de este instrumento se mantienen de manera intactas e inalterables.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Ñiquén, 08 de Marzo de 2022.