CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

JPAG SpA

RUT 19076981-K CVE 2096797
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de marzo de 2022
Notaría
Peñalolén

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2022
Notario
PEDRO PARRA AHUMADA
Domicilio
Santiago
Comuna
Peñalolén

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

(a) La producción de contenido audiovisual y gráfico, su distribución, publicación y)o comercialización; (b) La producción de eventos y servicio de banquetería; (c) En general, la realización de toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, en especial, adquirir, enajenar, negociar, disponer en cualquier forma y a cualquier título de derechos, acciones, promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, debentures, pagares, títulos de créditos, cuotas de fondos mutuos y de cualquier otro efecto de comercio o valor mobiliario; efectuar inversiones en mercado de capital, formar sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera que sea su naturaleza o giro, incorporándose o asociándose con las mismas (d) cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO PARRA AHUMADA, Notario Público Santiago, Titular Primera Notaría Peñalolén, con oficio en Avenida Grecia 5616, 2º Piso, certifica, que por escritura publica de hoy ante mí, don JUAN PABLO ARELLANO GALLO, cédula nacional de identidad Nº 19.076.981-k constituyeron una sociedad por acciones cuyo estatuto se extracta: Nombre: “JPAG SpA”. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que sus actividades puedan extenderse a todo el país y al extranjero, para lo cual la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos. Objeto: (a) La producción de contenido audiovisual y gráfico, su distribución, publicación y/o comercialización; (b) La producción de eventos y servicio de banquetería; (c) En general, la realización de toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, en especial, adquirir, enajenar, negociar, disponer en cualquier forma y a cualquier título de derechos, acciones, promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, debentures, pagares, títulos de créditos, cuotas de fondos mutuos y de cualquier otro efecto de comercio o valor mobiliario; efectuar inversiones en mercado de capital, formar sociedades, asociaciones o comunidades, cualquiera que sea su naturaleza o giro, incorporándose o asociándose con las mismas (d) cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines. Capital: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: Don Juan Pablo Arellano Gallo, en este acto, suscribe 1.000 acciones, equivalentes al 100 por ciento del capital social, representativas a su participación en el capital de $10.000.000. De estas 1.000 acciones, en este acto paga, al contado y en dinero efectivo 500 en la suma $5.000.000, cantidad que se enterando en arcas sociales. La diferencia deberá quedar enterada y pagada en dinero efectivo dentro del plazo de tres años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Peñalolén 03 de Marzo de 2022.-