Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2022
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad se desarrollará tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena y consistirá en: a) La fabricación, elaboración, desarrollo de tecnologías, organización, manufactura, gestión, participación, tenencia, administración, explotación, comercialización, distribución, importación o exportación de toda clase de productos químicos destinados a la remoción de contaminantes o de la contaminación del medio ambiente, ya sea en su suelo, aguas, aire y atmósfera, incluyendo las aguas subterráneas, sedimentos o aguas superficiales; b) La comercialización, venta, enajenación, adquisición, y arrendamiento de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, privilegios, patentes de inversión o marcas registradas; (c) La representación comercial de fabricantes nacionales o extranjeros de bienes vinculados al giro ordinario de la Sociedad; d) La utilización de licencias que le sean permitidas directa o indirectamente, vinculadas al giro ordinario de la Sociedad; (e) La prestación de toda clase de servicios o asesorías a todo tipo de personas naturales o jurídicas en materias relacionadas directa o indirectamente con el giro ordinario de la Sociedad; y f) En general, la Sociedad podrá realizar todos los actos que sean necesarios y que permitan la materialización del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, IVÁN OSCAR VEGA RUEDA, cédula nacional de identidad número 8.542.165-4, y XIMENA PATRICIA GONZÁLEZ AGUAYO, cédula nacional de identidad número 11.740.255-k, ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea 3120, piso 16, Las Condes, Región Metropolitana, de paso en ésta, constituyeron Sociedad Anónima cerrada, de la que extracto: NOMBRE: “TEQUIA CORP S.A.” DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pudiere establecer en otros puntos del territorio nacional o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la Sociedad se desarrollará tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena y consistirá en: a) La fabricación, elaboración, desarrollo de tecnologías, organización, manufactura, gestión, participación, tenencia, administración, explotación, comercialización, distribución, importación o exportación de toda clase de productos químicos destinados a la remoción de contaminantes o de la contaminación del medio ambiente, ya sea en su suelo, aguas, aire y atmósfera, incluyendo las aguas subterráneas, sedimentos o aguas superficiales; b) La comercialización, venta, enajenación, adquisición, y arrendamiento de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, privilegios, patentes de inversión o marcas registradas; (c) La representación comercial de fabricantes nacionales o extranjeros de bienes vinculados al giro ordinario de la Sociedad; d) La utilización de licencias que le sean permitidas directa o indirectamente, vinculadas al giro ordinario de la Sociedad; (e) La prestación de toda clase de servicios o asesorías a todo tipo de personas naturales o jurídicas en materias relacionadas directa o indirectamente con el giro ordinario de la Sociedad; y f) En general, la Sociedad podrá realizar todos los actos que sean necesarios y que permitan la materialización del objeto social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. DURACIÓN: La Sociedad durará de forma indefinida. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones de igual valor, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegio alguno, íntegramente suscrito y pagado. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Villarrica, 23 de Febrero de 2022.