MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LOS ABEDULES LIMITADA

RUT 77531828-7 CVE 2096199
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2020
Notario
PAULINA CECILIA MIRANDA HIRIART
Domicilio
Titular de Talagante

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES Y SERVICIOS LOS ABEDULES LIMITADA socio 77531828-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA CECILIA MIRANDA HIRIART, Notario Público Suplente de la Titular de Talagante, doña María Eugenia Le-Bert Acheritogaray, con oficio en Bernardo O’Higgins N° 1360, comuna de Talagante, certifica: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, JOSÉ PATRICIO YAVAR CORREA, C.I. Nº 15.960.435-7 y MARI CARMEN WEGERTSEDER VILLASEÑOR, C.I. Nº 16.155.670-K, ambos domiciliados en Fundo San Miguel, sin número, comuna de El Monte, modificaron la sociedad INMOBILIARIA, INVERSIONES Y SERVICIOS LOS ABEDULES LIMITADA, R.U.T. Nº 77.531.828-7, cuyo extracto se inscribió a fojas 210 Nº 101, del Registro de Comercio de Talagante del año 2020 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 16 de Diciembre de 2020. Capital Social: Se aumenta el capital social de la suma de $1.000.000, a la suma de $190.600.000, que se aporta y entera por los socios de la siguiente forma: JOSE PATRICIO YAVAR CORREA aporta la suma de $95.300.000, equivalentes al 50% del capital social, cantidad que se entera mediante el pago en dinero efectivo de $838.734, que ingresan a la caja social y mediante el pago en especies por la suma de $94.461.266, valor tasado de común acuerdo con su socia, consistente en el aporte en dominio de 2.341.000 acciones de la sociedad AGRÍCOLA DOÑA JAVIERA DEL MONTE I S.A. Doña MARI CARMEN WEGERTSEDER VILLASEÑOR aporta la suma de $95.300.000, equivalentes al 50% del capital social, cantidad que se entera mediante el pago en dinero efectivo de $838.734 que ingresan a la caja social, y la cantidad de $94.461.266, se enterará en dinero efectivo en la caja social dentro de un plazo máximo de cuatro años a contar de esta fecha. Los socios declaran aceptar a su más entera satisfacción y conformidad la forma de pago y plazo pactado para enterar el aporte referido por ambos socios. En lo no modificado rige el pacto social vigente hasta la fecha de esta escritura. Talagante, 01 de Marzo de de 2022.