MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Richi Limitada

RUT 77732660-0 CVE 2096371
Fecha instrumento
25 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Titular de la Vigésimo Quinta Notaria de Santiago, con oficio en calle Amunategui 361, local 6, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2022, ante mí, Jin Hwan Doh, con domicilio en calle Santa Filomena N°234, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana y Ok Joo Doh Hong, con domicilio en calle Federico Froebel N°1841, departamento N°301, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad COMERCIAL RICHI LIMITADA, constituida el 19 de marzo de 2002 ante Notario Santiago Arturo Carvajal Escobar, inscrita fs.7.395 N°6.039 Registro de Comercio de Santiago año 2002 y publicada D.O 28 de marzo año 2002, en cuanto: 1) Jin Hwan Doh con expreso consentimiento de la otra socia, vende, cede y transfiere a Ok Joo Doh Hong, el 30% de los derechos sociales en la sociedad COMERCIAL RICHI LIMITADA. Se modifica el estatuto reemplazando íntegramente las cláusulas sexta y octava, por las siguientes: A) “SEXTO: El capital social es la cantidad de treinta millones de pesos, que los socios han aportado e ingresado a caja social de la siguiente forma: Uno) JIN HWAN DOH ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de quince millones de pesos, esto es, un cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. Dos) OK JOO DOH HONG ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de quince millones, esto es, un cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía”. B) “OCTAVO: La sociedad practicara balances los días 31 de diciembre de cada año. Las utilidades de la sociedad se repartirán entre los socios en la forma que determinen de común acuerdo los socios JIN HWAN DOH y OK JOO DOH HONG, teniendo en consideración las buenas gestiones y contribuciones que hayan hecho los socios al negocio común. A falta de acuerdo entre ellos, las utilidades se repartirán entre los socios en proporción a su participación en el capital social”. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo. Santiago, 25 de febrero de 2022.