SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2022
- Repertorio
- 797-2022
- Comuna
- Santiago
Administración
I.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios don Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, doña Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco y don Jorge Andrés Barrionuevo Reveco; quienes actuando conjunta o separadamente, podrán, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representar judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago con oficio en calle Mardoqueo Fernández No 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 797-2022: Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, c.i. 18.167.013-4; Carolina Barrionuevo Reveco, c.i. 15.338.403-7; Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco, c.i.16.366.075-K; Daniel Andrés Searovic Vásquez, c.i. 15.376.730-0; José Miguel Sanchez Lanas, c.i. 16.095.903-7, Jorge Eduardo Barrionuevo Letelier, c.i. 9.843.138-1 y Jorge Andrés Barrionuevo Reveco, c.i. 9.908.702-1, todos accionistas de “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA” y domiciliados en calle La Concepción ochenta, departamento ochocientos uno, comuna de Providencia, Santiago, constituida con fecha 30 de marzo de 2021 en la Notaria de Santiago de don Alfredo Martin Illanes, cuyo extracto se inscribió a fojas 27.908, número 12.865 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2021 y se publicó en el Diario Oficial de 10 de abril de 2021. Acuerdan modificar estatutos de la sociedad “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA” en los siguientes términos: PRIMERO: CESIÓN DERECHOS SOCIALES. Don JORGE EDUARDO BARRIONUEVO LETELIER, dueño del 10% de los derechos sociales, cede, vende y transfiere la totalidad del 10% de los derechos sociales a don NICOLÁS IGNACIO ITALO BARRIONUEVO REVECO, quien los acepta, compra y adquiere par sí. El precio de esta cesión es la suma de cien mil pesos que el último paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando éste recibirlo a su entera conformidad; SEGUNDO: Como consecuencia de la cesión de derechos sociales que da cuenta la cláusula precedente, son únicos socios de "SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA" en las proporciones de los derechos sociales que se indican: Doña Carolina Barrionuevo Reveco con un 20%, doña Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco con un 20%, don José Miguel Sánchez Lana con un 20%, don Daniel Andrés Searovic Vásquez con un 20%, don Jorge Andrés Barrionuevo Reveco con un 10% y don Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco con un 10%; TERCERO: En virtud de lo anterior, se reemplaza la Cláusula Séptima del pacto de constitución social por la siguiente: “SEPTIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN. I.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios don Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, doña Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco y don Jorge Andrés Barrionuevo Reveco; quienes actuando conjunta o separadamente, podrán, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representar judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de febrero de 2022.-