Instrumento
- Fecha
- 24 de febrero de 2022
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas N° 1235, piso 2, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública 24 de febrero de 2022, ante mí; MARIO FRANCISCO COMPARINI OLAVARRIA, C.I. 9.978.902-6; constituyó una sociedad por acciones conforme a los artículos 424 a 446 del Código de Comercio y supletoriamente Ley N° 18.046: Nombre de la sociedad: “MY POINT SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la actividad de (1) Servicio de logística y transporte de carga a terceros, mercaderías y toda clase de bienes muebles, a través de vehículos propios, tomados en arrendamiento o el leasing o encomendado a terceros; (2) El transporte terrestre de carga, ya sea por cuenta propia o ajena, por medio de vehículos propios o ajenos; (3) La intermediación de servicios de transporte; (4) Servicios de depósito de cargas, de transporte doméstico, de importación y/o de exportación, de almacenamiento y de manipulación de carga, sea seca, a granel o de cualquier tipo; (5) todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso, transporte aéreo, terrestre, marítimo y lacustre y la prestación de servicios portuarios y aduaneros; (6) La agencia o representación en Chile de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil, así como el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos y/o extranjeros; (7) La prestación de toda clase de servicios de asesoría y consultoría, especialmente, en materias legales y jurídicas, económicas, financieras, comerciales, marketing, contables, estadísticas, gestión de todo tipo, evaluación de proyectos, de transporte, logística, distribución, turismo en todas sus formas y servicios profesionales de toda índole; y (8) La realización de todas aquellas actividades, comerciales o industriales, que fueren complementarias o anexas al giro principal y aquellas que determinen los socios; y en general cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con lo anterior, pudiendo realizar cualquier otra actividad mercantil que los socios determinen en conformidad a las normas de los presentes estatutos.- CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la siguiente forma: en este acto en dinero efectivo. Capital íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de marzo de 2022.