CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad N&P Brothers Limitada

RUT 6203022-4 CVE 2094887
Capital
$500.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2022
Repertorio
1218/2022
Notario
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
Domicilio
doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000.000 CLP
Ley aplicable
ley n° 3.918

Objeto social

Uno. El objeto de la sociedad es la adquisición, enajenación y explotación, administración, arrendamiento, otorgamiento de derechos reales sobre ellos, leasing, construcción, remodelación y actividades conexas, de toda clase de bienes raíces urbanos y rurales. La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales y valores mobiliarios, acciones, bonos, derechos, debentures, títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y en general, todo tipo de efectos de comercio, e instrumentos financieros o mercantiles. Dos. El desempeño en Chile de agencias y /o representaciones de personas naturales o jurídicas y de cualquier otra comisión o mandato civil o mercantil y el desempeño en el extranjero de agencias o representaciones de mandantes, sean ellos chilenos o extranjeros. Tres. Constituir o formar parte de otras sociedades de cualquier tipo, modificarlas y ponerles termino, y asumir la administración de las mismas. Cuatro. Se añade a lo anterior, la prestación de servicios de asesoría en materias financieras, contables, de administración y gestión de negocios o empresas, legales, tributarias, laborales y afines a las anteriores. Cinco.- La sociedad podrá realizar también todas aquellas actividades que permitan el desarrollo pertinente de las reseñadas

Administración

La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña Viviana del Tránsito Pérez Escárate, con amplias facultades. Limitación de responsabilidad. La responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, abogado, Notario Público, suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Titular de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 578, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 04/02/2022, Repertorio Nº 1.218/2022, ante la Notario Titular doña Myriam Amigo Arancibia, doña Viviana del Tránsito Pérez Escárate, chilena, empresaria, C.I. N° 6.203.022-4; doña Viviana Alejandra Neuenschwander Pérez, chilena, químico farmacéutica, C.I. N° 12.831.842-9, y, finalmente, don Gonzalo Ernesto Neuenschwander Pérez, chileno, ingeniero mecánico, C.I. N° 13.414.253-7, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro Colorado n° 6028, comuna de Las Condes. constituyen sociedad de responsabilidad limitada regida por las normas contenidas en el Código de Comercio, Código Civil (en cuanto sean pertinentes) y por la ley n° 3.918, entre otras: Nombre.- El nombre será “Sociedad N&P Brothers Limitada”, la que también podrá obligarse con el nombre de fantasía “N&P Ltda.” Domicilio, en Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración, indefinida. Objeto: Uno. El objeto de la sociedad es la adquisición, enajenación y explotación, administración, arrendamiento, otorgamiento de derechos reales sobre ellos, leasing, construcción, remodelación y actividades conexas, de toda clase de bienes raíces urbanos y rurales. La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales y valores mobiliarios, acciones, bonos, derechos, debentures, títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y en general, todo tipo de efectos de comercio, e instrumentos financieros o mercantiles. Dos. El desempeño en Chile de agencias y /o representaciones de personas naturales o jurídicas y de cualquier otra comisión o mandato civil o mercantil y el desempeño en el extranjero de agencias o representaciones de mandantes, sean ellos chilenos o extranjeros. Tres. Constituir o formar parte de otras sociedades de cualquier tipo, modificarlas y ponerles termino, y asumir la administración de las mismas. Cuatro. Se añade a lo anterior, la prestación de servicios de asesoría en materias financieras, contables, de administración y gestión de negocios o empresas, legales, tributarias, laborales y afines a las anteriores. Cinco.- La sociedad podrá realizar también todas aquellas actividades que permitan el desarrollo pertinente de las reseñadas. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $500.000.000.- (quinientos millones de pesos), cantidad que se aporta por los constituyentes de la siguiente manera: a) Doña Viviana del Tránsito Pérez Escárate, aporta la suma de $30.000.000.-, equivalentes al 6% del capital societario. De esta suma, entera en este acto la cantidad de $1.500.000.- en efectivo a la caja social, y se obliga a pagar la diferencia de $28.500.000.- en el plazo de 5 años. b) Doña Viviana Alejandra Neuenschwander Pérez, aporta la suma de $235.000.000.-, equivalentes al 47% del capital societario. De esta cantidad, entera en este acto $11.750.000.- en efectivo a la caja social, y se obliga a pagar la diferencia de $223.250.000.- en el plazo de 5 años contado desde la suscripción de este instrumento. c) Don Gonzalo Ernesto Neuenschwander Pérez, aporta la suma de $235.000.000.-, equivalentes al 47% del capital societario. De esta cantidad, entera en este acto $11.750.000.- en efectivo a la caja social, y se obliga a pagar la diferencia de $223.250.000.- en el plazo de 5 años contado desde la suscripción de este instrumento. Administración. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña Viviana del Tránsito Pérez Escárate, con amplias facultades. Limitación de responsabilidad. La responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.-