CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Mareas Australes SpA

CVE 2094634
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de marzo de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de marzo de 2022
Repertorio
217
Notario
PATRICIO MUÑOZ LEYTON
Oficio
Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
- Comuna Villa Alegre
Duración
Indefinida

Objeto social

- Construcción y reparación de naves, explotación comercial, arrendamiento o fletamento de naves por viaje o a casco desnudo; compraventa de naves; transporte de mercancías o pasajeros por mares, ríos o lagos; comercialización, distribución, importación, exportación de toda clase de productos y subproductos relacionados con el giro de las empresas de astilleros y explotación comercial de naves; en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con el giro y actividades o rubros referidos que se puedan plantear en el futuro, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO MUÑOZ LEYTON, Abogado, Notario Público Suplente del Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, don Fernando Coloma Amaro, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea N° 2625, San Javier, certifica: Por escritura pública de fecha cuatro de Febrero de dos mil veintidós, repertorio Nº 217, ante mí, JUAN EDUARDO ARIZTÍA UNDURRAGA, FRANCISCO ARIZTÍA UNDURRAGA, MARÍA CRISTINA ARIZTÍA UNDURRAGA Y PEDRO ARIZTÍA UNDURRAGA constituyeron sociedad por acciones. Razón Social.- “Mareas Australes SpA”. Capital.- $20.000.000.- que se enterarán y pagarán siguiente manera: Juan Eduardo Ariztía Undurraga suscribe 500 acciones que ascienden a $5.000.000 y se obliga a pagarlas dentro del plazo de 5 años a contar de esta fecha; don Francisco Ariztía Undurraga suscribe 500 acciones que ascienden a $5.000.000 y se obliga a pagarlas dentro del plazo de 5 años a contar de esta fecha; doña María Cristina Ariztía Undurraga suscribe 500 acciones que ascienden a $5.000.000 y se obliga a pagarlas dentro del plazo de 5 años a contar de esta fecha; y don Pedro Ariztía Undurraga suscribe 500 acciones que ascienden a $5.000.000 y se obliga a pagarlas dentro del plazo de 5 años a contar de esta fecha; Objeto.- Construcción y reparación de naves, explotación comercial, arrendamiento o fletamento de naves por viaje o a casco desnudo; compraventa de naves; transporte de mercancías o pasajeros por mares, ríos o lagos; comercialización, distribución, importación, exportación de toda clase de productos y subproductos relacionados con el giro de las empresas de astilleros y explotación comercial de naves; en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con el giro y actividades o rubros referidos que se puedan plantear en el futuro, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros. Plazo.- Indefinido. Domicilio.- Comuna Villa Alegre, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Javier, 01 de Marzo de 2022.