Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; c) el desarrollo, construcción, implementación, dotación y gestión de proyectos inmobiliarios, d) efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; e) la prestación de asesorías relacionadas con el rubro y materias indicadas; f) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, g) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que digan relación con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Abogado, Notario Suplente de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil ciento noventa y seis, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2022, Rep. N° 1.528, ante mí, Rimaya SpA, debidamente representada, y don José Domingo Hernández Devoto, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: RIMAYA LAB SpA. 2. Objeto: a) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; c) el desarrollo, construcción, implementación, dotación y gestión de proyectos inmobiliarios, d) efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; e) la prestación de asesorías relacionadas con el rubro y materias indicadas; f) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, g) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los accionistas y que digan relación con el objeto social. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe y pagará de la siguiente manera: a) Rimaya SpA, debidamente representada, suscribe 750 acciones, por un valor de $750.000, las que deberán ser pagadas en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contado desde la fecha de la escritura de constitución de la Sociedad; y, b) don José Domingo Hernández Devoto, suscribe 250 acciones, por un valor de $250.000, las que deberán ser pagadas en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contado desde la fecha de la escritura de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2022. JRVM. Not. Sup.