Comercializadora de Maderas Impregnadas Concón Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2022
- Notario
- Suplente de don JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública de San Miguel
Sociedad
- Capital
- $794.011 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Rodolfo Augusto Contardo Hederra | representante | 8534121-9 | — | — | |
| KAREN EUGENIA SCHMIDT STEWART | socio | 9830819-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISSELLE CECILIA MÁRQUEZ LEÓN, Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 3 de enero de 2022, repertorio número 1-2022, ante el Notario Suplente de esta misma Notaría don FERNANDO SEPÚLVEDA ROSAS, comparecieron: (i) “INVERSIONES SAN DIEGO LIMITADA”, RUT 76.853.670-8, representada por Rodolfo Augusto Contardo Hederra, CNI N°8.534.121-9; y, (ii) KAREN EUGENIA SCHMIDT STEWART, CNI N°9.830.819-9, todos domiciliados en Camino Concón Quinteros S/N, KM 2, Fundo Las Gaviotas, comuna de Quinteros, Región de Valparaíso, en su calidad de únicos socios de la sociedad “COMERCIALIZADORA DE MADERAS IMPREGNADAS CONCÓN LIMITADA”, RUT N°76.034.901-1, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 1.212, N°1.352 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2008, adoptaron los siguientes acuerdos materias de extracto: I. Dividir la sociedad “Comercializadora de Maderas Impregnadas Concón Limitada”, subsistiendo ésta como continuadora que girará bajo la misma razón social “Comercializadora de Maderas Impregnadas Concón Limitada” (“Sociedad Continuadora”) y creándose una nueva sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “Maquinaria Industrial Mengol Limitada” (“Nueva Sociedad”). II. Disminuir el capital estatutario de la Sociedad Continuadora, desde la suma de $2.000.000, a la cantidad de $794.011. De esta forma, el monto de la disminución del capital de la Sociedad Continuadora será asignado como capital a la Nueva Sociedad. III. Dados estos acuerdos, modificaron el Artículo Quinto de la Sociedad Continuadora, siendo las siguientes materias de extracto: CAPITAL SOCIAL: $794.011, suscrito y pagado en la siguiente proporción: (i) “Inversiones San Diego Limitada” $754.310 equivalente al 95% del total del interés social; y, (ii) Karen Eugenia Schmidt Stewart $39.701, equivalente al restante 5% del interés social. Y, IV. Aprobar el texto de los estatutos por los cuales se regirá la Nueva Sociedad, que nace producto de la división acordada, cuyas principales cláusulas se mencionan en extracto separado. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 10 de febrero de 2022.