CENTRO DE TERAPIA FAMILIAR Y DE PAREJA ICTHUS SpA
Instrumento
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- sociedad será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
comprende la prestación, por sí, y)o a través de terceros, de todo tipo de servicios psicológicos, especialmente en los campos de la psicoterapia, psicodiagnóstico, evaluaciones socio afectivas, psiquiatría, talleres de desarrollo personal, capacitaciones y afines y el desarrollo de cualesquiera tipos de prestaciones en las diversas especialidades de la salud mental y actividades relacionadas directa e indirectamente con los fines expresados, que la Sociedad acuerde ejecutar, pudiendo incluso actuar a través de convenios, sea con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Profesional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en futuro, con el rubro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintitrés de Febrero de dos mil veintidós, ante mí, Doña MABEL EUNICE GUILLEN DE ZAPATA, paraguaya, casada, Cédula de Identidad extranjero número catorce millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos veintidós guion dos, quién comparece en los términos del Artículo ciento cincuenta del Código Civil, psicóloga, domiciliada en esta ciudad de Temuco, calle Hochstetter número quinientos sesenta, oficina setecientos siete. Constituyó Sociedad por Acciones. NOMBRE SOCIAL: será CENTRO DE TERAPIA FAMILIAR Y DE PAREJA ICTHUS SpA, la que podrá actuar ante Banco e Instituciones Financieras, Públicas o Privadas con el nombre de fantasía de CETEFIC SpA. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: será administrada y representada por un Administrador elegido por los socios constituyentes o por la Junta de Accionistas en su caso, pudiendo éste ser o no accionista. Inicialmente, y hasta que se celebre la Primera Junta de Accionistas, el Administrador de la sociedad será doña MABEL EUNICE GUILLEN DE ZAPATA. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: es la suma de $5.000.000.-, dividido en Cien acciones, nominativas, de una sola serie y con un valor nominal de Cincuenta mil pesos cada una, el cual la socia constituyente suscribe y paga al contado en este acto que corresponden al cien por ciento del capital. OBJETO: comprende la prestación, por sí, y/o a través de terceros, de todo tipo de servicios psicológicos, especialmente en los campos de la psicoterapia, psicodiagnóstico, evaluaciones socio afectivas, psiquiatría, talleres de desarrollo personal, capacitaciones y afines y el desarrollo de cualesquiera tipos de prestaciones en las diversas especialidades de la salud mental y actividades relacionadas directa e indirectamente con los fines expresados, que la Sociedad acuerde ejecutar, pudiendo incluso actuar a través de convenios, sea con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Profesional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en futuro, con el rubro.- DURACION: será indefinida, y se entenderá que comenzó a regir en la fecha de la escritura de constitución social citada en la cláusula Primera de este instrumento. DOMICILIO: sociedad será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, veintiocho de Febrero 2022.-