SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS INDUSTRIALES ESAV CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2009
- Notario
- RODRIGO ALONSO GUTIERREZ GARCIA
- Oficio
- Quinta Notaria de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $1.500.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ALONSO GUTIERREZ GARCIA, Notario Público Interino de la Quinta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Latorre 2398, CERTIFICA: por escritura pública hoy, ante mí, JAIME ANDRÉS AVENDAÑO ARAYA, ingeniero civil industrial mecánico; y FERNANDO RAÚL ESPINOZA BAHAMONDES, ingeniero industrial, ambos domiciliados Los Almendros 8916 esta ciudad, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS INDUSTRIALES ESAV CHILE LIMITADA, Rut Nº 76.087.222-9, constituida por escritura pública otorgada 28 diciembre 2009 notaría Antofagasta María Soledad Lascar Merino, extracto inscrito 15 enero 2010 a fojas 84, Nº 64, en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Antofagasta y publicado Diario Oficial 15 enero 2010, con varias modificaciones siendo la última por escritura pública 10 noviembre 2011 mismo oficio notarial antes citado, extracto inscrito 23 noviembre 2011 a fojas 2990 vuelta, Nº 2099, en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Antofagasta y publicado Diario Oficial 19 noviembre mismo año, en sentido de aumentar capital social en $1.500.000.000, razón por la que sustituyeron cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO: El capital social es la suma de mil quinientos veintisiete millones de pesos que los socios actuando en sus calidades de empresarios individuales aportaron y enterarán del modo siguiente: a) JAIME ANDRÉS AVENDAÑO ARAYA, en su condición de empresario individual, aporta la suma de setecientos sesenta y tres millones quinientos mil pesos, de los cuales trece millones quinientos mil pesos ya se encuentran enterados en la caja social y el saldo de setecientos cincuenta millones de pesos se obliga a solucionarlo, al contado y en dinero efectivo, hasta en el plazo de seis años contados desde la suscripción del presente instrumento; y b) FERNANDO RAÚL ESPINOZA BAHAMONDES, en su condición de empresario individual, aporta la suma de setecientos sesenta y tres millones quinientos mil pesos, de los cuales trece millones quinientos mil pesos ya se encuentran enterados en la caja social y el saldo de setecientos cincuenta millones de pesos se obliga a solucionarlo, al contado y en dinero efectivo, hasta en el plazo de seis años contados desde la suscripción de la presente escritura pública.” En lo no modificado rigen íntegramente las demás disposiciones del pacto social individualizado precedentemente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta, 24 de febrero de 2022.