MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA

RUT 76301934-9 CVE 2093360
Fecha instrumento
22 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de febrero de 2022
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA accionista 76301934-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2022, REP. N°3299/2022, ante mí: la sociedad RIO PUMA S.A., del giro de su denominación, RUT N°76.323.570-K, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1850, oficina 21, Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista de la sociedad SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA, RUT N°76.301.934-9, sociedad inscrita a Fojas 249 N°141 del Registro de Comercio de Río Negro del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, Purranque, viene en modificar la sociedad de la siguiente forma: A) Modifica el Artículo Décimo de los Estatutos Sociales, en cuanto a la administración, representación y uso de la razón social, reemplazándolo por el siguiente: “DÉCIMO: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en calidad de administrador a don LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA, cédula de identidad N°10.089.222-7, quien en la forma antes indicada y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran a vía ilustrativa en el Artículo Décimo Primero de la escritura de constitución social, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.” B) Se modifica el domicilio social, trasladándolo desde la ciudad de Río Negro a la ciudad de Santiago, por lo cual, se modifica el Artículo Segundo del Pacto Social, el que se reemplaza por el siguiente: “Segundo. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero”. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2022.