SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2022
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA | accionista | 76301934-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2022, REP. N°3299/2022, ante mí: la sociedad RIO PUMA S.A., del giro de su denominación, RUT N°76.323.570-K, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1850, oficina 21, Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista de la sociedad SERVICIOS MECANIZADOS MONTE VERDE SpA, RUT N°76.301.934-9, sociedad inscrita a Fojas 249 N°141 del Registro de Comercio de Río Negro del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, Purranque, viene en modificar la sociedad de la siguiente forma: A) Modifica el Artículo Décimo de los Estatutos Sociales, en cuanto a la administración, representación y uso de la razón social, reemplazándolo por el siguiente: “DÉCIMO: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en calidad de administrador a don LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA, cédula de identidad N°10.089.222-7, quien en la forma antes indicada y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran a vía ilustrativa en el Artículo Décimo Primero de la escritura de constitución social, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.” B) Se modifica el domicilio social, trasladándolo desde la ciudad de Río Negro a la ciudad de Santiago, por lo cual, se modifica el Artículo Segundo del Pacto Social, el que se reemplaza por el siguiente: “Segundo. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero”. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2022.