CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SANTOS DENT Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2093813
Fecha instrumento
17 de febrero de 2022

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2022
Repertorio
548-2022

Sociedad

Domicilio
los socios fijan sus domicilios en la ciudad de Concepción para todos los efectos legales. 5.- Disolución: En caso de fallecimiento de uno de los socios la sociedad continuara con los herederos o causahabientes del socio fallecido, pudiendo nombrar un mandatario que los represente

Administración

El uso de la razón social y administración corresponderá en forma exclusiva al socio CRISTIAN FABIAN SANTOS ORTIZ sin perjuicio de delegar total o parcialmente en cualquiera de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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CRISTHOFER JORDÁN TORRES RIFFO, Notario Suplente del titular de la 12º Notaría de Concepción de don JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, según decreto Nº150, protocolizado al final de los registros del presente mes bajo el Nº291, con oficio en Avenida Chacabuco Nº980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 17 de FEBRERO de 2022, bajo el repertorio N°548-2022, ante JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN,CRISTIAN FABIAN SANTOS ORTIZ, chileno, casado, Cirujano Dentista, domiciliado en Michimalongo N°4715, Las Canchas, Talcahuano, y doña MARJORIE POLET CONEJEROS CARDENAS, chilena, casada, Nutricionista, domiciliada en Michimalongo N°4715, las canchas, Talcahuano, vienen en vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada denominada SANTOS DENT Y COMPAÑÍA LIMITADA, que se regirá por las disposiciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, y además por las normas pertinentes de los Códigos de Comercio y Civil. El objeto de la sociedad será: 1.- La explotación, dirección y administración de clínicas, centros dentales y laboratorios, para la prestación de servicios en las diversas áreas de la medicina, pacientes ambulatorios y hospitalizados; b) realizar consultas domiciliarias, procedimientos médicos y dentales; c) Efectuar diagnósticos, tratamientos terapéuticos, exámenes radiológicos ecografías y análisis de laboratorio clínico en forma directa o mediante convenios a particulares o beneficiarios del fondo de salud, instituciones de Salud Previsional y Servicios de Bienestar; d) Asimismo se comprenden los servicios de Paramédicos y técnicos dentales; e) La importación, exportación industrialización, compra, venta, comercialización, representación y distribución por cuenta propia o de terceros de toda clase de instrumentos, artículos, equipos, elementos materiales de producto de uso médico, dental y quirúrgico, como asimismo de todo tipo de fármacos, remedios y productos medicinales en general f) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios.Además, la sociedad tendrá por objeto la inversión, adquisición, enajenación, tenencia, administración, explotación y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, efectos públicos o de comercio, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos en sociedades, etcétera, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.Todas las actividades antes referidas, que constituyen el objeto de la sociedad, podrá ésta desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquier acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, que los socios de común acuerdo determinen, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales. 2.- Capital: Aportes: El capital de la sociedad, asciende a la cantidad de DIEZ MILLONES DE PESOS en dinero en efectivo, y que se entera de la siguiente manera: a) el socio don CRISTIAN FABIAN SANTOS ORTIZ, aporta la suma en dinero en efectivo de nueve millones de pesos, pagando en este acto al contado y en dinero efectivo e ingresando a caja social, lo que representa un noventa por ciento del aporte en sociedad. La socia doña MARJORIE POLET CONEJEROS CARDENAS, quien aporta la suma de un millón de pesos en dinero en efectivo, pagando en este acto al contado, lo que representa un diez por ciento del aporte en sociedad, ingresando a caja social, quedando en definitiva con los porcentajes individualizados, por lo tanto las utilidades y perdidas se soportan y obtienen a prorrata de sus aportes a la sociedad, queda de esta forma enterado el capital de la sociedad e ingresado a las arcas sociales. 3.- Representación, Administración y Uso de la Razón Social : El uso de la razón social y administración corresponderá en forma exclusiva al socio CRISTIAN FABIAN SANTOS ORTIZ sin perjuicio de delegar total o parcialmente en cualquiera de los socios. 4.- Domicilio: los socios fijan sus domicilios en la ciudad de Concepción para todos los efectos legales. 5.- Disolución: En caso de fallecimiento de uno de los socios la sociedad continuara con los herederos o causahabientes del socio fallecido, pudiendo nombrar un mandatario que los represente. Concepción, 25 de Febrero de 2022.