Webdox Legal SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.485.720.256 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: que ante mí, con fecha 17 de febrero de 2022, se redujo a escritura pública el acta de junta extraordinaria de accionistas de Webdox Legal SpA (la “Sociedad”) celebrada con fecha 15 de febrero de 2022, en la cual los accionistas: (A) dieron cuenta del error en la señalización del número de acciones preferentes Serie A suscritas y pendientes de suscripción en (i) el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad fecha 30 de julio de 2021 (ii) su correspondiente reducción a escritura pública con fecha 17 de agosto de 2021 en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery bajo el repertorio número 15.641-2021, y (iii) el extracto de modificación del acta y reducción mencionada el cual se encuentra inscrito a fojas 68.863 número 31.915 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, y su publicación en el Diario Oficial de fecha 4 de septiembre de 2021, en el sentido que se indicó que de las 9.093.836 Acciones Preferentes Serie A se encontraban 8.648.207 suscritas y pagadas y quedaban 445.629 Acciones Preferentes Serie A destinadas a opciones, en circunstancias que debía indicarse que, a la fecha de la referida Junta, de las 9.093.836 Acciones Preferentes Serie A se encontraban 8.589.896 suscritas y pagadas y quedaban 503.940 destinadas a opciones, las cuales se encontraban emitidas pero pendientes de suscripción y pago y que deben ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 4 años contados desde el 7 de marzo de 2019; (B) acordaron rectificar lo acordado: (i) en el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas reducida a escritura pública con fecha 17 de agosto de 2021, en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery bajo el repertorio número 15.641-2021, en el sentido indicado en la letra (A) precedente, (ii) el extracto de modificación del acta y reducción mencionada el cual se encuentra inscrito a fojas 68.863 número 31.915 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, y su publicación en el Diario Oficial de fecha 4 de septiembre de 2021 en el mismo sentido indicado en la letra (A) precedente, y (iii) los estatutos sociales a la fecha de la referida modificación, para efectos de indicar que, a la fecha de la referida modificación, todos los referidos documentos debían indicar que el capital social es la suma de $2.485.720.256 pesos, dividido en 15.029.038 acciones, de las cuales 5.935.202 son Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, y 9.093.836 son Acciones Preferentes Serie A, nominativas de la misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Uno) con la suma de $560.767.060 pesos, dividido en 5.935.202 Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, de las cuales (a) 4.364.061 acciones fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; (b) 49.891 acciones que fueron suscritas, las cuales deberán ser pagadas en el plazo de 120 días a contar del 19 de julio de 2021; y (c) 1.521.250 acciones corresponden a acciones destinadas a la implementación de un plan de compensación para trabajadores y asesores (en adelante “ESOP”), las cuales deberán ser suscritas y pagadas a más tardar el 7 de marzo de 2029; Dos) Con la suma de $1.924.953.196 pesos dividido en 9.093.836 Acciones Preferentes Serie A, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales: (a) 8.589.896 fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (b) 503.940 corresponden a acciones destinadas a opciones, las cuales se encuentran emitidas pero pendientes de suscripción y pago, y deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de 4 años contados desde el 7 de marzo de 2019. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 23 de febrero de 2022.