Santa Luisa Energy SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2022
- Repertorio
- 2089/2022
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Domicilio
- titular
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Publico Suplente del titular, de la Octava Notaria de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, con domicilio en calle Huerfanos 941, local 302, Comuna Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 8 de febrero de 2022, bajo el Repertorio N° 2089/2022, otorgada ante el Notario titular de esta Notaria, TOESCA RENOVABLES SpA, Rol Único Tributario número 77.428.039-1, según consta en registro de accionista tenido a la vista, en su calidad de único accionista de Santa Luisa Energy SpA, Rol Único Tributario número 76.981.756-5, sociedad que rola inscrita a fojas 9.402 número 5.106 del registro de comercio del conservador de bienes raíces de Santiago de 2019,aumentó el capital desde la cantidad de un millón de pesos dividido en cien mil acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de cuatrocientos noventa y cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y cuatro pesos dividido en cuarenta y nueve millones cuatrocientos treinta mil ciento cincuenta y cinco acciones ordinarias, nominativas de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Como consecuencia del aumento de capital se sustituyeron los artículos Cuarto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTICULO CUARTO: Capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de cuatrocientos noventa y cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y cuatro pesos, dividido en cuarenta y nueve millones cuatrocientos treinta mil ciento cincuenta y cinco acciones ordinarias, nominativas de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma señalada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de estas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas, salvo que no tendrán derecho a distribuciones de utilidades ni a devoluciones de capital.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la Sociedad es la suma de cuatrocientos noventa y cuatro millones trescientos un mil quinientos cincuenta y cuatro pesos, dividido en cuarenta y nueve millones cuatrocientos treinta mil ciento cincuenta y cinco acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se ha suscrito y pagado y se suscribe y paga de la siguiente manera: (i) cien mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, íntegramente suscritas y pagadas por Sphera Energy SpA en al acto de constitución de la Sociedad; (ii) cuarenta y nueve millones trescientos treinta mil ciento cincuenta y cinco acciones , ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que Toesca Renovables SpA suscribe y paga en este acto al contado y en dinero efectivo”. Adicionalmente, se modificó el Artículo Sexto por el siguiente: “La administración, representación y uso del nombre o razón social de la Sociedad, corresponderá a Toesca Renovables SpA, en su calidad de accionista administrador, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, debiendo actuar a través de los apoderados designados al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado protocolizado”. Adicionalmente, se modificó los estatutos sociales en estipulaciones que constan en la escritura extractada y que no son materia de extracto. Se facultó al portador de este extracto para su legalización.