CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SAN MIGUEL ARCÁNGEL LIMITADA

CVE 2093236
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
Santiago. 5)
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que dos o más socios que representen a lo menos el 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. 6)

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, Jorge Miguel Álamos Irarrázaval, María Catalina Grez Echeverría, Agrícola e Inversiones Los Coihues de Ancahual Limitada, todos domiciliados en Camino El Remanso N° 9.418, Lo Barnechea, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Razón Social: “INMOBILIARIA SAN MIGUEL ARCÁNGEL LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “INM. SAN MIGUEL ARCÁNGEL LTDA.”. 2) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes inmuebles, pudiendo administrarlos por cuenta propia o ajena, explotarlos, enajenarlos o ceder su uso y goce temporal; b) Ejecución de proyectos inmobiliarios mediante la parcelación, subdivisión, urbanización y/o comercialización de inmuebles; c) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, especialmente derechos en sociedades, acciones, bonos y demás valores mobiliarios, pudiendo administrarlos por cuenta propia o ajena, explotarlos o enajenarlos; y d) Las demás operaciones que los socios acuerden llevar a cabo. 3) Administración y uso de razón social: Corresponderá a los socios Jorge Miguel Álamos Irarrázaval y María Catalina Grez Echeverría, actuando separada e indistintamente cualquiera de ellos. 4) Domicilio: Santiago. 5) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que dos o más socios que representen a lo menos el 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. 6) Capital: $5.000.000 que se aporta y pagará en el plazo de 3 años por los socios en las siguientes proporciones: Jorge Miguel Álamos Irarrázaval aporta $500.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; María Catalina Grez Echeverría aporta $500.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; y Agrícola e Inversiones Los Coihues de Ancahual Limitada aporta $4.000.000, equivalentes al 80% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2022.