CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Centro Padel Limitada

RUT 17596693-5 CVE 2093195
Capital
$150.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2022
Repertorio
1685/2022
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$150.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago, sin perjuicios de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o el extranjero

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Instalar, equipar, operar y administrar canchas de pádel o cualquier otro tipo de instalaciones deportivas. b) Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles e inmuebles; c) Comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don MARTÍN ANDRÉS FROHLICH LÓPEZ, a doña CATALINA FERNANDA GOYCOLEA LARA y a don GASPAR ANDRÉS SÁNCHEZ NÚÑEZ, ya individualizados en la comparecencia, quienes, actuando conjuntamente dos de ellos, podrán obligarla en la ejecución de toda clase de actos y celebración de todo tipo de contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes ex Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública ante mi, de fecha 17/02/2022, repertorio N°1.685/2022, don MARTÍN ANDRÉS FROHLICH LÓPEZ chileno, casado en régimen de participación en los gananciales, ingeniero comercial, cédula de identidad número 17.596.693-5, domiciliado en calle Rodrigo de Triana número 4340, Departamento 71, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, doña CATALINA FERNANDA GOYCOLEA LARA, chilena, casada y separada de bienes, ingeniera comercial, cédula de identidad número 17.832.570-1, domiciliada en Avenida Presidente José Batlle y Ordóñez número 4410, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y don GASPAR ANDRÉS SÁNCHEZ NÚÑEZ, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número 15.036.146-k, domiciliado en Avenida Cristóbal Colón número 7000, departamento 113D, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan: Razón social: CENTRO PADEL LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Instalar, equipar, operar y administrar canchas de pádel o cualquier otro tipo de instalaciones deportivas. b) Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles e inmuebles; c) Comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros.- Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don MARTÍN ANDRÉS FROHLICH LÓPEZ, a doña CATALINA FERNANDA GOYCOLEA LARA y a don GASPAR ANDRÉS SÁNCHEZ NÚÑEZ, ya individualizados en la comparecencia, quienes, actuando conjuntamente dos de ellos, podrán obligarla en la ejecución de toda clase de actos y celebración de todo tipo de contratos.- Capital: El capital es la suma de $150.000.000.- que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) El socio MARTÍN ANDRÉS FROHLICH LÓPEZ, aporta la suma de $50.000.000, monto que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; b) La socia CATALINA FERNANDA GOYCOLEA LARA, aporta la suma de $50.000.000, monto que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; c) El socio GASPAR ANDRÉS SÁNCHEZ NÚÑEZ, aporta la suma de $50.000.000, monto que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales.- Duración de la sociedad: La Sociedad empezará a regir el día de la firma de la presente escritura, y tendrá duración de treinta años renovables automáticamente por otros treinta años, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término a la Sociedad mediante el otorgamiento de escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo.- Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicios de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. mmo.-