SALAZAR & ERAZO ABOGADOS ASOCIADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
a) el otorgamiento de toda clase de servicios y prestaciones profesionales en el ámbito de la abogacía y demás ciencias interdisciplinarias y, en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero; y b) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces urbanos y rurales, pudiendo administrarlos y explotarlos, por cuenta propia o ajena, percibiendo sus frutos; c) la actividad inmobiliaria y de la construcción en todas sus ramas por cuenta propia o ajena, por suma alzada, por administración, o por cualquiera otra forma o sistema, pudiendo realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con giro de construcción; la administración de dichas construcciones, subcontratar todo o parte de determinadas obras; proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con construcción y todos aquellos útiles o que acuerden las partes, pudiendo aportar en otras sociedades o contribuir a formar aquellas que convengan y digan relación directa o indirecta con sociedad; d) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; e) La inversión en cualquier tipo de instrumento representativo de dinero, ya sea se transe en bolsa o fuera de ella; f) y en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero.- En lo no modificado por el presente instrumento mantiene plena vigencia el pacto social original
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, NOTARIO SUPLENTE, DE DOÑA MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, Abogado, Notario Suplente de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Miraflores Nº178, Quinto Piso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 11 de Febrero del año 2022, REPERTORIO Nº11.466-2022, otorgada ante mí, las comparecientes, doña JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA y doña GISELA DEL CARMEN CHANDIA VENEGAS, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Morande N°322, oficina 701, comuna de Santiago, suscribieron contrato de modificación de la sociedad por acciones denominada “SALAZAR & ERAZO ABOGADOS ASOCIADOS SpA” Rol Único Tributario N°76.761.003-3, constituida por escritura pública de fecha 16 de Junio del año 2017, ante Novena Notaria de Santiago a cargo de don Pablo Gonzalez Caamaño, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el 29 de Junio del año 2017, y se inscribió a Fojas 49572, Número 26996 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al 2017, con un capital de $2.000.000, divididos en 100 acciones nominativas. Por el presente instrumento, doña Javiera Erazo Hermosilla y doña Gisela del Carmen Chandia Venegas, únicas socias y accionistas de la sociedad “Salazar & Erazo Abogados Asociados SpA”, con una participación del noventa por ciento del capital social la primera y con una participación del diez por ciento del capital social la segunda, modifican el TÍTULO PRIMERO.- Artículo Tercero del pacto social, referente al Objeto Social, que se acuerda ampliar en el siguiente sentido: La Sociedad tendrá por objeto: a) el otorgamiento de toda clase de servicios y prestaciones profesionales en el ámbito de la abogacía y demás ciencias interdisciplinarias y, en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero; y b) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces urbanos y rurales, pudiendo administrarlos y explotarlos, por cuenta propia o ajena, percibiendo sus frutos; c) la actividad inmobiliaria y de la construcción en todas sus ramas por cuenta propia o ajena, por suma alzada, por administración, o por cualquiera otra forma o sistema, pudiendo realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con giro de construcción; la administración de dichas construcciones, subcontratar todo o parte de determinadas obras; proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con construcción y todos aquellos útiles o que acuerden las partes, pudiendo aportar en otras sociedades o contribuir a formar aquellas que convengan y digan relación directa o indirecta con sociedad; d) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; e) La inversión en cualquier tipo de instrumento representativo de dinero, ya sea se transe en bolsa o fuera de ella; f) y en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero.- En lo no modificado por el presente instrumento mantiene plena vigencia el pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de Febrero del año 2022.- DOY FE.