MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ARQUIMED LIMITADA

RUT 92999000-5 CVE 2092336
Capital
$492.915.139 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2021
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
Notaría N°42 de Santiago

Sociedad

Capital
$492.915.139 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Notaría N°42 de Santiago, Agustinas Nº1070, piso 2, de la comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2021, ante mi suplente, JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ: don BENJAMÍN KAUFMANN GOETZ en representación de doña GABRIELA KAUFMANN GOETZ y de don DANIEL KAUFMANN GOETZ; don ELÍAS FIELBAUM COLODRO, en representación de la sociedad DISEÑO Y PUBLICIDAD TRIO LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Arturo Prat Nº 828, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, convinieron en modificar los estatutos de la sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ARQUIMED LIMITADA”, antes “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ARQUIMED S.A.”, los cuales se encuentran inscritos a fojas 3.431 número 1.479 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1968. El capital estatutario a la fecha de la escritura ascendió a la suma total de $492.915.139 pesos. Los socios acordaron modificar la cláusula Octava del estatuto social, el cual se extracta a continuación: “OCTAVO: DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y CONCURRENCIA A LAS PÉRDIDAS. Las utilidades y eventuales pérdidas de la Sociedad se determinarán anualmente en conformidad con el balance general de la Sociedad, y se distribuirán en la forma que se procede a señalar respetando las siguientes reglas: Uno) EN caso de determinarse utilidades conforme al balance general anual de la Sociedad o en el caso de existir utilidades acumuladas generadas en períodos anteriores, el socio DISEÑO Y PUBLICIDAD TRÍO LIMITADA tendrá derecho a retirar, con cargo a la utilidad del ejercicio o utilidades acumuladas de ejercicios anteriores, un monto ascendente a $113.000.000 de pesos; Dos) Habiéndose respetado la regla expresada anteriormente, los socios procederán a participar en las utilidades en los siguientes porcentajes: A) Don DANIEL KAUFMAN GOETZ tendrá derecho a participar de un 17,5% de las utilidades remanentes; B) Doña GABRIELA KAUFMANN GOETZ tendrá derecho a participar de un 17,5% de las utilidades remanentes; C) la sociedad DISEÑO Y PUBLICIDAD TRÍO LIMITADA tendrá derecho a participar de un 65% de las utilidades remanentes.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 22 de febrero de 2022.