CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Onizzo Inmobiliaria SpA

CVE 2091966
Capital
$14.114.668 CLP
Fecha instrumento
31 de enero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de enero de 2022
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Domicilio
Alberto Mozó Aguilar
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.114.668 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos o debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes a su objeto, pudiendo incluso constituir o formar parte en otras sociedades, comunidades, patrimonios y)o personas jurídicas de cualquier clase

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, Suplente de Alberto Mozó Aguilar, 40ª Notaria de Santiago, Teatinos Nº 332, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 31 de enero de 2022, bajo el repertorio número 561/2022, ante el Notario titular y autorizada por mí con esta fecha de conformidad con el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, don Agustín Arturo Marín Paul y don Marcelo César Oneto Izzo, ambos domiciliadas para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia Norte N° 129, oficina 502, comuna de Providencia, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad “ONIZZO EXPORTACIONES SpA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 15.307, número 12.304 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2001, en los siguientes términos: Uno. Acordaron dividir ONIZZO EXPORTACIONES SpA en 2 sociedades por acciones, subsistiendo la misma como continuadora legal, y naciendo producto de la división la sociedad “ONIZZO INMOBILIARIA SpA”. Dos. Como consecuencia de la división, se constituyó una nueva sociedad denominada ONIZZO INMOBILIARIA SpA, en adelante la “Sociedad”, cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: El nombre de la Sociedad será “ONIZZO INMOBILIARIA SpA”. Accionistas: Don Agustín Arturo Marín Paul y don Marcelo César Oneto Izzo. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos o debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes a su objeto, pudiendo incluso constituir o formar parte en otras sociedades, comunidades, patrimonios y/o personas jurídicas de cualquier clase. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $14.114.668, dividido en 2.500 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 22 de febrero de 2022.